La Caixa no deberá ingresar por ahora las retenciones que le reclama Hacienda
La Caixa puede esperar a una sentencia definitiva antes de ingresar las cantidades adeudadas por retenciones no practicadas en los rendimientos de su libreta PTI (pensión temporal inmediata). Así se establece en un auto de la Audiencia Nacional que suspende la ejecución de los acuerdos del Tribunal Económico Administrativo Central, aunque la entidad de ahorros catalana deberá presentar una caución o garantía por valor de 10.101 millones de pesetas. Con esta medida, la Audiencia pretende salvaguardar "el posible riesgo para el interés público" y posibles perjuicios a particulares desde el año 1979, derivados de una sentencia posterior que puede o no ser contraria a los intereses de La Caixa en este litigio.El auto de la Audiencia Nacional es fruto de una larga polémica que ya dura nueve años entre: la Inspección de Hacienda y La Caixa sobre si la libreta ITP constituye una imposición a plazo fijo y, como tal, debe tener una retención del 20%, (postura de Hacienda), o si se trata de un producto de seguro combinado con un tratamiento fiscal diferenciado por tramos.
La postura de La Caixa se basa en la respuesta a una consulta vinculante efectuada ante la Dirección General de Tributos en el año 1983. En esta respuesta, Hacienda consideraba que "las cantidades anualmente percibidas como pensión temporal, una vez amortizadas, se someterán al impuesto de la renta como rendimientos del capital mobiliario y deben ser objeto de retención; mientras que las cantidades que se perciban al final de período correspondiente por los conceptos de seguro de vida y capital diferido, serán objeto de gravámenes como incremento o disminución de patrimonio, sin estar sometidas a retención".
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