Conducía bebido, pero era inocente
El Tribunal Constitucional anula por falta de garantías la sanción de la Guardia Civil a un conductor que reconoció haber ingerido dos litros de cerveza
Un conductor que tras beber casi dos litros de cerveza es sorprendido al volante de su automóvil por la Guardia Civil con un alto grado de alcohol en la sangre probablemente se cree bien librado si termina siendo condenado a 30.000 pesetas de multa y retirada del carné de conducir por tres y meses. Sin embargo, Werner Jacob Burger no se dio por vencido y recurrió en amparo al Tribunal Constitucional, que anula la sanción al estimar inocente al condenado por falta de pruebas e incumplimiento de obligadas garantías jurídicas.
Jacob Burger conducía su vehículo durante el verano marbellí, a altas horas de la madrugada, tras haber ingerido hasta cinco tercios de cerveza (casi dos litros). La Guardia Civil de Tráfico le dio el alto a las 2.15 horas y le sometió a un control preventivo de alcoholemia. Werner Jacob sopló a través del globito y el resultado fue de 1,31 gramos de alcohol por cada litro de sangre. El nivel a partir del cual suele prohibirse en Europa la conducción es de 0,80 gramos por litro de sangre. Además, en el atestado policial consta que Werner Jacob reconoció que había ingerido cinco tercios de cerveza, consciente tal vez de que ese dato no bastaba para condenarle.Tramitado el atestado ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella, Werner Jacob fue condenado por un delito contra la seguridad del tráfico a 30.000 pesetas de multa, tres meses y un día de privación del carné de conducir y pago de las costas procesales. La apelación contra la sentencia fue vista por la Audiencia Provincial de Málaga, que confirmó la condena, por estimar que los casi dos litros de cerveza ingeridos es "cantidad suficiente para producir el influjo de bebidas alcohólicas que en la conducción de vehículos de motor es digna de reproche penal".
Pero el condenado no se arredró. En aquella madrugada del 19 de junio de 1983, la Guardia Civil no le advirtió de su derecho a realizar una segunda prueba y a contrastar los resultados obtenidos mediante un análisis de sangre. En el juicio, el único elemento de prueba que se tuvo en cuenta para condenarle fue el atestado policial, que no se ratificó en presencia judicial. Todo ello sirvió de base suficiente a Werner Jacob para formular un recurso de amparo ante el alto tribunal que, casi seis años.. después de ocurridos los hechos, ha anulado la sentencia del juez, de 29 de octubre de 1986, y la de la audiencia, de 3 de abril de 1987.
No basta con haber bebido
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, en los fundamentos jurídicos de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Fernando García-Mon, recuerda que los órganos judiciales no están autorizados a formar su convicción respecto de la prueba sobre la base de los atestados policiales, "por tener éstos solamente el valor de una denuncia". Asimismo, reitera su doctrina de que "la consideración del test alcoholométrico como prueba está supeditada, de un lado, a que se haya practicado con las garantías formales establecidas al objeto de preservar el derecho de defensa", y de otro, a la ratificación del test, por los agentes que lo practicaron, en el juicio oral.El máximo intérprete de la Constitución razona que es preciso que la prueba alcoholométrica se someta a contradicción en el juicio oral, así como que "en dicho acto se practiquen otras pruebas tendentes a acreditar la influencia de la bebida ingerida en la conducción del vehículo, toda vez que el elemento determinante del delito ( ... ) no consiste sólo en el dato objetivo de un determinado grado de impregnación alcohólica, sino también", dice, "en la influencia que dicha impregnación tenga en la conducción del vehículo".
Al no cumplirse estas garantías, el alto tribunal anula las condenas y reconoce el derecho a la presunción de inocencia de Werner Jacob Burger, como buen alemán, gran bebedor de cerveza, por lo que se ve.
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