Un nuevo juzgado resolverá sobre internamientos psiquiátricos
Madrid contará, a partir de la próxima semana, con un juzgado especializado en resolver los internamientos psiquiátricos involuntarios, los procesos de incapacidad y las ausencias y fallecimientos. Hasta ahora, cualquier juzgado se encargaba de este tipo de problemas. La iniciativa partió de la Junta de Jueces de Primera Instancia de Madrid, y se cristalizó en un acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) del 22 de diciembre de 1988, por el que se atribuye al Juzgado número 30 de Primera Instancia de la capital de España (de nueva creación) el apelativo de Juzgado de Tutelas.El nuevo órgano judicial se ocupará de los casos en que una persona abandone su domicilio habitual sin que se tenga de ella más noticias. El juez resolverá sobre los bienes del ausente, y declarará el fallecimiento del desaparecido, si trascurrieron 10 años desde que se ausentó, entre otros supuestos que recoge el ordenamiento jurídico español. Declarará la incapacitación de quienes, por enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico, no puedan gobernarse por sí mismos, tal como establece el Código Civil. Otra de las tareas del nuevo juzgado será la salvaguardia de los casos de tutela.
En Madrid se realizan anualmente entre 1.500 y 2.000 internamientos involuntarios de enfermos mentales, según los cálculos de Antonio García de Paredes, juez decano de Madrid, razón que esgrime para justificar la creación del juzgado especial.Tal cifra supone una media de unos seis ingresos diarios. "Por el contrario, los expedientes por incapacidad no sobrepasan los 350 anuales", manifestó el decano, "por lo que el estudio de los asuntos en los que intervenga el titular del juzgado arrojará datos interesantes para el estudio de estos problemas".
El nuevo titular del Juzgado de Tutelas, el magistrado Juan Manuel Fernández, declaró a EL PAÍS su intención de personarse en todos los casos en que el psiquiatra considere que el enfermo incapaz debe ser ingresado en un centro, aunque expresó sus dudas sobre la suficiencia de un único juzgado para resolver el gran número de casos de este tipo que se presentan en Madrid.
El actual ordenamiento jurídico español prevé el internamiento de un presunto incapaz previa autorización judicial. Si el ingreso es urgente, el psiquiatra informará al juez de éste en las 24 horas siguientes al mismo. En todo caso, debe examinar a la persona y oír el dictamen de un facultativo designado por él, y concederá o denegará la autorización, además de informar al fiscal. Posteriormente, el juez de oficio recabará información sobre la necesidad de prolongar el internamiento cuando lo crea pertinente, y, en todo caso, cada seis meses.
El CGPJ acordó en la misma fecha la creación de dos juzgado de asuntos hipotecarios en Madrid, que entenderán, entre otros asuntos, de la ejecución de hipotecas inmobiliarias, demandas del Banco Hipotecario de España o demandas derivadas de la hipoteca naval.
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