Los inspectores fiscales no pueden levantar actas sobre los cinco anos anteriores a la sentencia del Constitucional
La no retroactividad de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la tributación de la familia ha creado un problema añadido de consecuencias inmediatas. Tanto los inspectores fiscales como el Ministerio de Hacienda señalan que existe un vacío legal y que la actuación inspectora que opera sobre los cinco años anteriores a la efectividad de la sentencia, no puede seguir adelante en su lucha contra el fraude fiscal.El problema es que el ¡mpuesto ha sido anulado en sus dos; pilares fundamentales, la tarifa y los límites de deducción que operan por unidad familiar. Por lo tanto, las actas de inspección no pueden determinar ni las cantidades adeudadas ni, en consecuencia, las multas a pagar, ya que el impuesto anterior a la sentencia no es legal.
Por ello, la Asociación de Inspectores de Finanzas del Estado (Apife) ha recomendado a sus asociados que paren todas sus actuaciones, "por un principio de elemental prudencia", según señala su presidente, Fernando López Amor. "Mientras no se reciban instrucciones", añade, "no se debe actuar".
En el Ministerio de Hacienda han reconocido que éste es el problema más inmediato a resolver y coinciden en que la inspección debe paralizarse, aunque todavía no hay una decisión adoptada oficialmente ante este problema.
Uno de los temas en los que influye directamente este vacío legal son las actuaciones masivas que se están llevando a cabo en relación al fraude fiscal detectado en pólizas de seguro con prima única, lo que afecta a unas 500.000 personas, según los datos oficiales.
Estas actuaciones deberían paralizarse hasta que no se apruebe el nuevo impuesto, ya que las inspecciones en marcha no pueden determinar las cantidades adeudadas por el dinero negro ocultado en estos activos ni, por consiguiente, las multas a pagar ya que el impuesto no es válido y no se puede aplicar la tarifa anterior.
Expertos consultados señalan que, en el caso de que una persona que tenga una inversión en primas únicas y desee de forma voluntaria regularizar su situación, tampoco puede hacerlo ya que la tarifa no es "legal" en estos momentos y por lo tanto no se sabe que es lo que hay que pagar. Por otra parte, fuentes de la Secretaría General de Hacienda señalan que la nueva ley del impuesto sobre la renta deberá estar aprobada antes del próximo 31 de julio. La nueva normativa debería tc ner el visto bueno del Gobierno en el plazo de un mes y medio, para que en los tres meses sig iientes se lleve a cabo la tramitación parlamentaria de forma que pueda cumplirse la fecha del 31 de julio y dé tiempo a elaborar los nuevos impresos para la declaración.
Las mismas fuentes señalan que, "como es lógico", el plazo para las devoluciones que ahora es de unos seis meses desde que se presenta la declaración, también se retrasará en la misma medida, es decir, seis meses a partir del nuevo plazo para declarar, fijado ahora en el último cuatrimestre del año. La posiblidad, hasta ahora, de pagar en dos plazos el impuesto sobre la renta, quedará determinada en la nueva ley.
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