_
_
_
_

Hacienda reclama a La Caixa 5.500 millones por retenciones fiscales no efectuadas en pensiones vitalicias

Andreu Missé

El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha dictado cinco resoluciones en las que reclama a la Caja de Pensiones el pago de más de 5.500 millones de pesetas en concepto de retenciones fiscales no efectuadas por la entidad de ahorro en operaciones conocidas como pensiones vitalicias temporales inmediatas. Las resoluciones del tribunal, que depende del Ministerio de Economía y Hacienda, ponen fin a la vía administrativa y dejan expedita la contenciosa a la entidad. La Caixa, que tiene provisionada la totalidad de la cuantía exigida en la Caja General de Depósitos en títulos de deuda pública, ha solicitado la suspensión de la ejecución de las resoluciones a la Audiencia Nacional, órgano ante el que presentará los recursos correspondientes, según fuentes de la entidad.

El contencioso entre Hacienda y La Caixa se centra en la diferente interpretación que ambas partes hacen de la naturaleza jurídica, y en consecuencia, diferente trato fiscal, de las pensiones vitalicias temporales inmediatas, que puso en marcha la entidad de ahorro en 1979. Estas pensiones se configuraban en una compleja fórmula de ahorro-seguro que agrupaba simultáneamente tres operaciones (capital diferido, renta temporal y seguro de vida). Una idea de la magnitud del negocio que significaban estas operaciones para La Caixa es la de que sólo las provisiones técnicas para las pensiones vitalicias inmediatas alcanzaron los 24.310 millones de pesetas en 1986 y los 37.241 millones de pesetas en 1987.En síntesis, según La Caixa, se trata de una operación de seguros, por lo que desde un punto de vista fiscal sólo considera intereses el 30% de los rendimientos generados, y el resto debe considerarse como incremento de patrimonio. Por tanto, la retención del 16% que entonces se aplicaba sobre los intereses sólo afectaba al 30% de los mismos.

Deuda provisionada

Por su parte, el tribunal admite en su resolución que se trata de una operación de seguros, pero que "la intención de las partes era la de efectuar un depósito", y en este sentido establece que la entidad hubiera debido retener por la totalidad de los intereses generados.En sus considerandos, el tribunal distingue tres tipos de contratos en los supuestos de que las partes quieran dar una apariencia jurídica distinta a ciertas operaciones. Contratos simulados, indirectos y en fraude de ley. Estima que las operaciones de La Caixa son contratos indirectos. Apoya su argumentación en el artículo 25.3 de La ley General Tributaria, que afirma: "Cuando el hecho imponible se delimite atendiendo a conceptos económicos, el criterio para calificarlos tendrá en cuenta las situaciones y relaciones económicas que efectivamente existen o se establezcan por los interesados, con independencia de las fórmas jurídicas que se utilicen".

Ricardo Fornesa, secretario general de La Caixa, rechaza esta interpretación, estimando que lo relevante es la verdadera naturaleza la jurídica del contrato. Cita el artículo 25.2 de la misma ley, que dice: "Cuando el hecho imponible consista en un acto o negocio jurídico, se calificará conforme a su verdadera naturaleza jurídica, cualquiera que sea la forma elegida o la denominación utilizada por los interesados'.

Josep Vilarasau, director general de La Caixa, ha restado importancia a las resoluciones, al precisar que el TEAC no es un órgano jurisdiccional como tal, sino que es un órgano de la Administración, integrado por funcionarios y no magistrados, y que difícilmente puede disentir de las autoridades del departamento. Vilarasau ha insistido en que todas las reclamaciones efectuadas por el tribunal están provisionadas, por lo que no puede suponer ningún contratiempo para la entidad un fallo contrario por la Audiencia Nacional o, en última instancia, del Tribunal Supremo.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_