Declarada inocente de la muerte de un preso 'etarra' la ex médica de la cárcel de Herrera
La ex médica de Herrera de la Mancha, Nuria Castro de Pedro, ha sido absuelta por la Audiencia Provincial de Ciudad Real del delito de imprudencia temeraria con resultado de muerte, a resultas del fallecimiento del preso de la organización terrorista ETA Joseba Asensio Artaraz, por el que el fiscal, y en cuestión particular, solicitaba para ella una pena de seis años de prisión. Asensio, militante de ETA, que cumplía una condena de nueve años de prisión por un delito de colaboración con banda armada, apareció muerto en su celda el 8 de junio de 1986, seis meses antes de salir libre.
Real Los médicos que realizaron la autopsia, José Chacón, Vidal Salinas y Jesús Martín Tabernero, nombrados por el juzgado, y Concepción Cifrián, designada por la familia, indicaron en su informe que la muerte se había producido por "las graves lesiones de tipo médico halladas en los pulmones, tratándose en principio de una infección pulmonar tuberculosa que pudo haber sufrido una reactivación o bien una infección secundaria que, en un momento dado, pudo haber producido un choque séptico de carácter fulminante, que explicaría la muerte súbita y repentina".La sentencia, que hace hincapié en el informe de los forenses -el mismo que llevó al procesamiento de la doctora- en sus conclusiones, indica que con un fonendoscopio no es posible detectar un proceso tuberculoso. El ponente resalta, por otra parte, que una neumonía, consecuencia de la tuberculosis, puede desarrollarse en menos de una semana, y Joseba Asensio pasó consulta por última vez el 30 de mayo, ocho días antes de su muerte.
Muerte fulminante
Además, la sentencia de la Audiencia Provincial considera que no hay pruebas de que la muerte fulminante o repentina se hubiera podido evitar aun cuando la doctora hubiese puesto todos los medios a su alcance.
Por último, el ponente estima que un hombre como Joseba Asensio Artaraz, que no descuidaba su salud -prueba de ello esque acudía al médico por problemas vanales como una alopecia o una mínima dolencia dental-, no va a la consulta de el doctor Letamendía, especialista en pulmón y corazón enviado por los familiares de los presos, que pasa un día en Herrera.de la Mancha, y no lo hace porque no considera que sus catarros afectasen de forma grave a los pulmones, pese a que en 1981 padeció una pleuresía.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, que deja una puerta abierta a los perjudicados para acudir a la vía civil, considera acreditada "la exasperante actitud en que se mueve la burocracia, que da al traste con los mejores proyectos", en clara referencia al Estado, que no había repuesto pese a haberle sido reiteradamente solicitado por los servicios médicos de la prisión el aparato de radiología de Herrera de la Mancha, que llevaba averiado más de dos años.
En el curso de la vista oral celebrada durante los días 19 al 21 pasados del pasado mes de enero, el fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, Jorge Sena, y la acusación particular, representada por el letrado abertzale José María Elosúa, solicitaron una pena de seis años de prisión, además de una indemnización de ocho y 15 millones de pesetas, respectivamente.
Libre absolución
Mientras, su abogado defensor, Luis Rodríguez Ramos, catedrático de Derecho Penal de la universidad Complutense, pidió la libre absolución de la ex médica de la cárcel de Herrera de la Mancha, Nuria Castro.
Por otro lado, las gestora proamnistía calificaron la sentencia de "decisión lamentable", "muestra de apoyo a la política de exterminio del PSOE en las cárceles", informa .
Un portavoz de este organismo anunció ayer que emitirán un pronunciamiento más detallado cuando conozcan la argumentación legal y médica de la sentencia.
"Pero se puede adelantar ya" manifestó el citado portavoz "que la absolución es un gesto de apoyo del llamado poder judicial a la política de exterminio del PSOE en las cárceles, donde han muerto en seis años seis presos al asegurar su completa impunidad".
Sin sorpresas
Para el portavoz de las gestoras proamnistía, la sentencia no ha provocado demasiada sorpresa porque existía una actitud de amparo evidente a la facultativa inculpada. "Pese a encontrarse en libertad provisional", aseguró, "seguía ejerciendo como médico de instituciones penitenciarias en una prisión de Madrid y se le había sustituido la obligación de comparecer periódicamente ante el director de la cárcel donde trabajaba".
Por su parte, el abogado de San Sebastián José María Elosúa, representante en el proceso de la acusación particular, declaró a media tarde que no conocía todavía el texto completo de la sentencia, por lo que no podía pronunciarse.
"Me limito", señaló el letrado donostiarra, a manifestar mi discrepancia total con el fallo absolutorio. Entiendo que se habían presentado pruebas suficientes como para una sentencia condenatoria por imprudencia temeraria".
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