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Los matrimonios con dos lentas podrán declarar por separado o conjuntamente con una fórmula correctora

Los matrimonios que perciben dos rentas podrán elegir entre presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) de forma conjunta, con una fórmula correctora respecto al actual sistema, o hacerlo por separado, según recoge un real decreto ley que estudia hoy el Consejo de Ministros. Esta disposición fue expuesta ayer por el secretario de Estado de Hacienda, José Borrell, ante la comisión de subsecretarios.La reforma de la fiscalidad de la familia en el IRPF es fruto de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional -y la que se espera para las próximas semanas-, poniendo en tela de juicio la obligatoriedad de que los matrimonios con dos rentas tributen de forma conjunta.

Cuarenta días después de que se dictara esa primera sentencia, el Ministerio de Hacienda se ha decidido a modificar el actual sistema, dando por hecho que el máximo tribunal obligará a cambiar los siete artículos de la ley del IRPF relativos a la fiscalidad de la familia.

Según el proyecto de decreto ley que estudiará hoy el Gobierno, los matrimonios que perciben dos rentas y que prefieran seguir haciendo la declaración de la renta de forma conjunta tendrán una fórmula correctora variable para los distintos tramos de ingresos.

Tramos de renta

El primer tramo, hasta cuatro millones de pesetas de ingresos totales de la unidad familiar, tendrá un tratamiento neutral equiparable a los matrimonios que decidan declarar por separado. El segundo tramo, entre cuatro y nueve millones, tiene una penalización creciente, llegándo al máximo del 20% para los matrimonios que lleguen a los nueve millones de renta. Existirá un tercer tramo, entre 9 y 16 millones, con una penalización máxima del 50%, y un último escalón, matrimonios con ingresos superiores a los 16 millones, en donde se aplica la máxima progresividad del impuesto.

Con está fórmula, Hacienda pretende dar la posibilidad a la gran mayoría de familias en las que ambos cónyuges trabajan -rentas inferiores a los cuatro millones-, a seguir haciendo una sola declaración sin salir perjudicados frente al resto. Además de esa fórmula correctora, los matrimonios que prefieran hacer su declaración por separado lo podrán hacer, aplicando las bases del impuesto sin corrección alguna.

El decreto ley que estudiará hoy el Gobierno recoge también otras modificaciones tributarias, como la elevación de cuatro a nueve millones de pesetas del mínimo exento de la base imponible para estar obligado a presentar el impuesto extraordinario sobre el patrimonio, y de 6 a 18 millones para los matrimonios. Habrá también cambios en las deducciones por hijos y disminuidos.

Fuentes de la Administración indicaron a este periódico que el proyecto de decreto ley podría sufrir modificaciones de última hora, en el propio Consejo de Ministros, o incluso quedar pendientes para la primera reunión del próximo año.

También el Consejo de Ministros estudiará hoy -y probablemente aprobará-, el decreto ley sobre expansión de las cajas de ahorro por todo el territorio nacional. Esta disposición pretende adecuar la legislación española a la comunitaria y establece unos plazos para que las cajas puedan operar fuera de su región de origen, hasta la total libertad en 1992. La única limitación que se mantiene es la de seguros.

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