Trabajar en el extranjero
He leído con atención la noticia publicada por su diario el 10 de noviembre sobre la publicación de una sección de ofertas de empleo por varios diarios europeos.Aunque no puedo menos que acoger con simpatía esta iniciativa, deseo hacerle llegar ciertas reflexiones que espero contribuyan a que esa nueva sección no produzca efectos negativos para sus eventuales destinatarios, tanto en España como en los otros Estados miembros de la CE.
Aunque el 1 de enero de 1986 entró en vigor en España el tratado de la CE, las condiciones del acta de adhesión retrasan hasta el 1 de enero de 1993 (1996 para Luxemburgo) la entrada en vigor de los artículos 1 a 6 del reglamento de la CE 1.612/68, que regula el ejercicio de la libertad de circulación de trabajadores. En consecuencia, los Estados miembros exigen a los nacionales españoles, y España a los nacionales de los demás Estados miembros, autorización previa, en forma de permiso de trabajo, para el acceso a un empleo.
Ello quiere decir que una sección como la proyectada creará expectativas que después se verán frustradas en muchos casos por la decisión que tome la autoridad nacional competente. Todos los países miembros aplican en este momento políticas muy restrictivas a la inmigración de nuevos trabajadores.
Quedo a su disposición para profundizar más en este tema, si lo desea, o facilitarle cualquier información complementaria que desee.- Director general del Instituto Español de Emigración.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
Últimas noticias
Lo más visto
- Jubilarse a los 66 años y 8 meses llega a su fin: la nueva edad de retiro de 2026
- Un petrolero perseguido por Estados Unidos en el Caribe pintó una bandera rusa en un intento de escape
- Sandra Barneda: “Eso de las izquierdas y las derechas es arcaico, un pensamiento que solo sirve para marcar distancias”
- El vestido de Cristina Pedroche en las Campanadas 2025: un traje hecho con sus anteriores estilismos y en recuerdo a las personas con cáncer
- Crece el “analfabetismo religioso”: dos de cada diez catalanes no saben qué se celebra en Navidad




























































