El juez pide que se procese a los comisarios Martínez Torres y Alberto Elías por el "espionaje político"
CARLOS YÁRNOZ, José María Vázquez Honrubia, juez instructor del sumario sobre el espionaje político realizado por la policía a diversos partidos, pidió ayer a la Audiencia Provincial de Madrid que procese a los comisarios Jesús Martínez Torres, comisario general de Información, y Alberto Elías, jefe de la Brigada de Información Interior, por entender que existen indicios racionales de implicación en delitos como revelación de secretos, infidelidad en la custodia de documentos o incluso malversación de fondos. El juez añade que la policía "ha vetado" que él investigara posibles intervenciones telefónicas.
En un auto dictado ayer, Vázquez Honrubla señala que la Sección de Movimientos Sociológicos -unidad integrada en la Brigada de Información Interior- "ha venido realizando in formaciones de índole político" sobre Alianza Popular (AP) y el Partido Comunista de España (PCE), entre otras organízacio nes legales, y que ese tipo de in vestigaciones "fueron ordenadas y autorizadas en 1983 por Alberto Elías y Jesús Martínez Torres". El juez recuerda que, según un informe de la propia Dirección General de la Policía, ese tipo de investigaciones se realizaban en el marco de "un concepto universal y moderno en un Estado de derecho, que incluía la información sobre partídos políticos para preservar la seguridad del Estado. "Este instructor no alcanza a comprender cuál sea ese concepto", dice Vázquez Honrubia, para añadir que quizás se han cometido delitos de revelación de secretos o de perturbación de partidos legales y aurorizados.El "verdadero meolló"
"No se considera por este instructor que, por ejemplo, la crisís interna del PCE o las reuniones que mantuvieron cargos de AP o sus listas de militantes tengan interés para el orden público o que puedan afectar a la seguridad del Estado, debiendo en todo caso la Audiencia Provincial explicitar qué debe entenderse por la misma, verdadero meollo de la cuestión", se dice en el auto.
Recuerda también Vázquez Honrubia que, según policías que han declarado en la causa, las informaciones procedían en ocasiones "de colaboradores próximos o integrantes" de los partidos a espiar a cambio de dinero procedente de "fondos reservados". Para el juez, aquí pueden haber ya dos delitos. Por parte de los colaboradores, el delito de revelación de secretos y, por parte de la policía, malversación de fondos públicos, porque a éstos se les dio "una aplicación diferente a aquélla para la que están destinados".
Otros policías declarantes -Félix Gallego y Juan José Medida, ex miembros de la Brigada de Interior- señalaron que la policía también hacía intervenciones telefónicas de políticos mediante mandamientos judiciales, "arnparándose las peticiones en causas falsas e inexistentes". Para el juez, la policía "ha vetado" que él investigue en esta línea porque ha destruido los documentos en los que podían estar las pruebas (Ver recuadro en la parte inferior de esta página).
Ya en julio de 1986, la Audiencia Provincial de Madrid dictó un auto en el que señalaba que, si bien podía considerarse "lícita, normal o incluso necesaria" una seguimiento policial sobre algunas organizaciones políticas, también existía "un tufillo" de alguna irregularidad, por lo que pidió a Vázquez Honrubia que continuara sus diligencias. El juez dice ahora que "se ha reforzado" la tesis de que la policía investigaba a partidos políticos. Además de los datos recogidos en el auto por el que se concluyó la primera fase de la investigación, Vázquez Honrubia señala que "se han incorporado a la causa nuevos elementos que suponen deducir sin demasiado esfuerzo lo que ya se dijo en su día".
Pruebas abrumadoras
Recuerda, por ejemplo, que ahora está incorporado al sumario un amplio documento policial sobre el PCE que la policía reconoce que estaba en el despacho de Martínez Torres, y que el inspector Gallego ha dicho, por ejemplo, que a él le encargaron investigar al PSOE.
Aparte de la información obtenida de las declaraciones de los miembros de la brigada Gallego y Medina, el magistrado resalta que, "en cuanto a los demás funcionarios de la brigada, pese a larguísimos interrogatorios, no ha podido determinarse exactamente cuál sea en concreto la función de la denominada Movimientos Sociológicos". "Y lo que resulta cuando menos clamoroso", añade Vázquez Honrubia, "es que a pesar de lo abrumador de las evidencias documentales, todos ellos nieguen haber investigado a asociaciones y partidos".
Por todo ello, el juez pide a la Audiencia Provincial que procese a Martínez Torres y Alberto Elías, así como a los policías dependientes de ellos e implicados en los mismos supuestos delitos, "y en su caso a los superiores jerárquicos, administrativos y políticos". En lugar de decretar directamente el procesamiento de los acusados, como ocurre en la generalidad de los casos, el juez de instrucción número 21 de Madrid eleva el caso a la Audiencia Provincial, por ser éste tribunal colegiado el órgano competente para continuar la tramitación de la causa y, en su caso, decidir el procesamiento, en aplicación del artículo 8 de la ley orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que otorga a los policías y guardias civiles el llamado fuero policial.
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