Secretarios judiciales denuncian a los agentes que deniegan auxilio a la justicia
Representantes del colectivo Unión Progresista de Secretarios Judiciales (UPSJ) han pedido al fiscal general del Estado, Javier Moscoso, que inicie las acciones pertinentes ante el posible delito de denegación de auxilio judicial, cometido por la policía cuando se niega a cumplimentar las órdenes de los juzgados si van firmadas sólo por el secretario judicial. La UPSJ -corriente del colegio nacional integrada por unos 300 secretarios judiciales, sobre un total de 1.600, y que el lunes próximo se constituirá como asociación independiente- pide energía ante una actitud policial que estima contraria a la ley.La negativa policial a acata las órdenes procedentes de los secretarios judiciales no es nueva, según Luis Martín Contreras portavoz de la UPSJ, pero ha saltado a la opinión pública con ocasión de las reiteradas negativas de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona a cumplimentar dichas órdenes (veáse EL PAÍS del 18 de octubre último). En ocasiones anteriores, algunos secretarios han pedido la negativa por escrito, a fin de tener constancia de la conducta policial presuntamente ¡lícita.
La acumulación de hechos ahora conocida ha originado que la USPJ se haya dirigido al fiscal general del Estado para que .previas las diligencias informativas procedentes, se evacuen las responsabilidades pertinentes, ante lo que puede constituir un delito de denegación de auxilio judicial", según el mencionado portavoz. Asimismo, los miembros catalanes de este colectivo pedirán a la juez decana de Barcelona, María Ángeles Vivas, "la máxima energía en la resolución que adopte la Junta de Jueces ante una actitud ilegal".
La posición de la USPJ se fundamenta en el artículo 279.3 de la ley orgánica del Poder Judicial, que atribuye a los secretarios judiciales "la práctica de las notificaciones y demás actos de comunicación y cooperacion judicial en la forma que determinen las leyes". Asimismo, recuerda que, según el artículo 22 del Reglamento de la Policía Judicial, los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad, en sus funciones de policía judicial, deben cumplimentar los "requerimientos de la autoridad judicial". A este respecto, resalta que el artículo 28 1.1 de la misma ley otorga a los secretarios judiciales "el carácter de autoridad".
Frente a lo afirmado en fuentes judiciales catalanas, el colectivo de secretarios judiciales niega que la obligación policial de cumplimentar los oficios firmados por ellos derive de la delegación de funciones por parte de los jueces e insiste en que tal deber de los funcionarios policiales tiene su origen en la ley orgánica del Poder Judicial.
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