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Los delincuentes de 16 y 17 años sólo irán a prisión por penas superiores a seis años

El borrador de ley de Reforma de Menores y Jóvenes Infractores, que perfila actualmente el Ministerio de Justicia, mantiene la mayoría de edad penal en los 16 años, pese a que hasta los 18 años no se alcanza la plena capacidad legal. Sin embargo, el texto introduce la novedad de que no irán a prisión los jóvenes con 16 o 17 años que cometan delitos cuya pena prevista no supere los seis años. Esto evitará, según fuentes de Justicia, que el 70% de los jóvenes delincuentes dé con sus huesos en prisión, a tenor de la estadística policial.

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Con ello, según dichas fuentes, se quiere dar una salida al dilema que tiene el juez ante el joven que delinque: enviarlo a la calle o a la cárcel. Actualmente, se hallan en prisión mas de 600 jóvenes de esta edad. María Dolores Renau, directora general de Protección Jurídica del Menor, no oculta que el deseo de Justicia sería elevar la edad penal hasta los 18 años: "En un tiempo nosotros estuvimos pidiendo subir la edad penal, estaba en el programa socialista, y es una cosa deseable y a la que hay que tender. Lo deseable sería que hubiera una coherencia entre la mayoría de edad penal y civil, pero en este momento parece más interesante empezar a trabajar con este sector, ver cómo evoluciona e ir avanzando."Admite Renau el temor del departamento a una campaña como la que la derecha organizó cuando el PSOE redujo la prisión preventiva, decisión que luego hubo de revisar. "Eso cuenta, pero si supiéramos que todo está ordenado en el sector, el coste social que representa hacer una cosa se podría asumir mejor"

Esta dificultad estriba, dice, en que durante años los tribunales de menores han estado en situación de abandono, ha persistido una legislación "obsoleta" de 1948, y que la transferencia a las comunidades de los centros de internamiento se ha hecho sin definir un modelo, lo que ha propiciado una multiplicidad de fórmulas de atención con distintos grados de eficacia.

El citado borrador articula tres segmentos de edad y sendas situaciones en caso de delinquir: Quienes al realizar un delito no superen los 13 años de edad no serán juzgados por ello, por entenderse que carecen de responsabilidad y que tales hechos revelan una desprotección familiar que ha de ser corregida por la Administración. Los menores con más de 13 años y menos de 16 que violen la ley ya no serán llevados a juzgados ordinarios, sino a juzgados de menores, que contarán con jueces especializados y con un equipo técnico que elaborará un estudio pedagógico, psicológico y social del encausado. Su misión será asesorar a la hora de dictar sentencia y a la de proponer la modificación de la sanción o medida impuesta, para lo que la revisarán cada seis meses.

Los jóvenes entre 16 y 18 años, según la gravedad del delito cometido, serán remitidos a los juzgados de menores, que les aplicarán las medidas o sanciones previstas en esta ley, o a los juzgados ordinarios.

La futura ley prevé nueve sanciones escalonadas según el delito cometido: amonestación, multa en cuantía que el sancionado pueda disponer por sí mismo, reparación del daño causado, cumplimiento de reglas de conducta que se detallarán en la sentencia y podrán incluir obligaciones de asistir a centros educativos o residencias de día o prohibición de frecuentar lugares, personas o realizar salidas nocturnas, privación del derecho de conducir, prestación de trabajo en beneficio de la comunidad, arresto de fin de semana o de vacaciones en el domicilio o centro adecuado, colocación en centro abierto e internamiento en centro cerrado, donde realizará sus actividades escolares o laborales.

Otra de las novedades es que fija una duración máxima para cada una de las sanciones -de seis meses a dos años, según los casos- y evita, según Renau, las vaguedades de la actual ley que fija como tope "el tiempo necesario para su educación".

También se fijan tres medidas paralelas o alternativas, según los casos, y con duración limitada: asistencia educativa en medio abierto, colocación en familia y tratamiento en centro asistencial sanitario o educativo. Estas medidas también tendrán una duración limitada.

Justicia considera una garantía añadida que los tribunales competentes en esta materia -actualmente los tribunales tutelares de menores- dejarán de estar en manos de personas ajenas a la carrera judicial.

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