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Moscoso pide para el fiscal la preparación del juicio atribuida a los jueces

El fiscal general del Estado, Javier Moscoso, reclamó ayer mayor protagonismo para la institución que representa. En la conferencia que pronunció en el Club Siglo XXI, sobre El fiscal después de la Constitución, Moscoso reivindicó para el fiscal la preparación del juicio oral que actualmente realizan los jueces de instrucción, expresó su disconformidad con la exclusión del fiscal en los procesos de inconstitucionalidad y resaltó el papel del ministerio público en la defensa del interés social.

Sobre la acusación de dependencia del Ejecutivo Moscoso señaló que el nombramiento del fiscal general por el Gobierno legitima su autonomía y aseguró que la polémica de la vinculación o autonomía del fiscal frente al Ejecutivo, "después de la Constitución", dijo, "es tan inútil como desfasada". Explicó que en un Estado democrático el fiscal debe ser nombrado y destituído por quien responda políticamente de su actuación, esto es, el Ejecutivo. Según el diseño de la Constitución, contempló al fiscal como una institución autónoma Iegitimada por el hecho del nombramiento de su jefe por el Gobierno".Desde esta concepción resaltó la defensa del interés público y social que corresponde al ministerio fiscal. "Hoy no cabe un fiscal ajeno a lo social, parapetado en su soledad, estudioso exclusivo de la legalidad ( ... ). El fiscal de hoy", dijo, "tiene que abrirse a la sociedad". En cuanto al papel del fiscal como defensor de la ley, criticó su escasa presencia en el campo laboral y en el proceso contencioso-administrativo, que no ha de considerarse innecesaria por la intervención del letrado del Estado, ya que la legalidad "en muchas ocasiones hay que exigirla", precisó, "frente a la postulación que en favor de la Administración formula su representante: el letrado del Estado".

Moscoso expresó su "disconformidad" con la exclusión del fiscal del proceso de inconstitucionalidad. En opinión del fiscal general del Estado, si el artículo 162 de la Constitución limita la legitimación para impugnar las leyes al presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores o los órganos colegiados autonómicos, "es por resultar innecesaria" la inclusión expresa del Ministerio Fiscal. Consideró un contrasentido que "el defensor de la legalidad según la Constitución no pueda defender la máxima legalidad, que es la Constitución". Moscoso abordó la situación de retraso que padece la administración de justicia y, entre las medidas para la simplificación del proceso y el cumplimiento de la oralidad, re clamó "la fase preparatoria del juicio oral para el Ministerio Fiscal", advirtiendo que intenciona damente omitía denominarla instrucción.

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