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El Supremo anula el sobreseimiento de una querella por blasfemia contra Els Joglars

El Tribunal Supremo ha anulado el sobreseimiento dictado por la Audiencia Provincial de Valencia en relación con un sumario incoado contra el grupo teatral Els Joglars, por un presunto delito contra la libertad de conciencia y blasfemia a propósito de las representaciones en Valencia de la obra Teledéum, en 1985. El Supremo se basa para anular el sobreseimiento en un defecto de forma, ya que era preceptiva la calificación de las partes previa a la decisión de la Audiencia y ésta sobreseyó sin que calificase la acusación particular.

El director del grupo, Albert Boadella, afirmó ayer, al ser preguntado al respecto, que no está preocupado por la decisión del Supremo. "Al tratarse de un defecto de forma", señaló, "y no haber ocurrido nuevos hechos en relación con lo juzgado, no es previsible que, una vez que califique la acusación particular, la decisión de la Audiencia sea diferente. El fondo de la cuestión no ha cambiado y sería sorprendente que la Audiencia cambiase de opinión".La querella que supuso el inicio de las actuaciones judiciales fue interpuesta en enero de 1985 por el abogado Carlos Verdú, vinculado a la extrema derecha, contra los actores que intervinieron en las representaciones de Teledeum; contra Boadella, y contra Vicente Vergara, gerente del teatro Valencia, en el que se representó la obra. A la querella se adhirieron unas 500 personas, en gran parte próximas a la extrema derecha. No obstante, entre ellos figuraba José Luis Boronat, dirigente del Centro Democrático y Social y candidato al Senado por Valencia en 1986 en las listas de ese partido.

El 16 de mayo de 1985 el entonces titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Valencia, Guillermo Forteza, dictó auto de procesamiento contra los querellados. Forteza se encuentra actualmente suspendido de empleo y sueldo por el Consejo General del Poder Judicial por falta muy grave, al haber presionado a otro juez con la intención de que detuviese al ginecólogo de su mujer.

En el auto se señalaba que la representación de Teledeum había sido llevada a cabo "con la evidente intención de ultrajar, profanar y ofender los aspectos y creencias más relevantes de los que profesan la religión católica" y que era una profanación y vejación continuada de los dogmas, ritos y ceremonias de la religión católica". De ello eran responsables directos los actores y el director del grupo, pero también Vicente Vergara "por colaboración", según el auto de procesamiento.

La Audiencia Provincial de Valencia sobreseyó libremente la causa con fecha de 26 de noviembre de 1986. En el auto d la Audiencia se indicaba que el contenido de la representación puede ser, tal vez, condenable desde un punto de vista canónico". No obstante, señalaba el auto, "los Tribunales de Justicia del Estado Español juzgan delitos e imponen las penas correspondientes solamente con arreglo al Código Penal vigente".

Profanación

La Audiencia señalaba que, según la legislación, para que haya profanación se debe producir "actos con respecto cosas o lugares tenidos como sagrados, lo que no concurre en el supuesto de autos, pues los supuestos litúrgicos utilizados no son auténticos y el lugar es un teatro". Sobre el posible delito de escarnio de confesión religiosa o ultraje de sus ritos, dogmas o ceremonias, la ley exige que se haga en un lugar público "en el sentido jurídico penal", lo que excluye el caso de un teatro, según la Audiencia. En cuanto al posible delito de blasfemia, la ley exige que sea por escrito o con publicidad para que lo haya, lo que no ocurre en una representación.Los querellantes interpusieron entonces un recurso de casación por infracción de ley ante al Tribunal Supremo. Éste ha declarado nulas las actuaciones de la Audiencia de Valencia por la falta de la calificación de la acusación particular, que se ha de presentar para resolver de nuevo sobre el fondo del asunto.

Las representaciones de Teledeum y las actuaciones judiciales en torno a la obra han estado salpicados de anécdotas. Por ejemplo, un oficio de la Jefatura Superior de Policía de Valencia remitido al Juzgado de Distrito número 2 de la ciudad, que tramitaba una denuncia sobre Teledeum, señalaba: "Los individuos citados en su escrito formando el grupo de extrafalarios (sic) callejeros denominado los Juglares (sic) y dirigidos por Alberto Boadella tiene su residencia en una masía de Llora (Gerona), sin poder especificar más datos. Dios guarde a usted muchos años".

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