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El Supremo readmite a uno de los dos jueces del 'caso Bardellino'

El pleno del tribunal Supremo acordó anoche, por 38 votos contra 16, readmitir en la carrera judicial al magistrado Ricardo Varón Cobos, y confirmó, en una votación de resultado muy parecido, la expulsión de] también magistrado Jaime Rodríguez Hermida, según fuentes del alto Tribunal. Estos dos jueces estuvieron implicados en la irregular puesta en libertad del jefe de la Camorra napolitana Antonio Bardellino, en enero de 1984, pero fueron absueltos por la Sala Segunda del Supremo en el proceso penal que se siguió contra ellos.

Fue el Consejo General del Poder Judicial, por la vía disciplinaria, el que, en mayo de 1986, acordó por unanimidad la expulsión de ambos de la carrera judicial por la comisión de una falta muy grave.El Supremo rebajó ayer la sanción a Varón Cobos de falta muy grave a falta grave, lo que implica una sanción de 50.000 pesetas, que es la máxima que fija la ley.

Ricardo Varón Cobos podrá, por tanto, reintegrarse a la Audiencia Nacional, aunque no a su plaza de juez central número 1, pues la vacante de este puesto ya fije cubierta. Además, le deberán ser abonados todos los haberes no percibidos desde que fue suspendido en el ejercicio de su cargo hasta la actualidad.

Por su parte, Rodríguez Hermida, aunque ha visto confirmada su expulsión, todavía tiene la posibilidad de presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

El razonamiento seguido por el Supremo para revocar la sanción contra Varón Cobos es que la conducta del juez no estaba bien incardinada en la ley. El artículo 417.2 de la ley del Poder Judicial, por el que el Consejo General del Poder Judicial sancionó a los dos magistrados, considera falta muy grave "la intromisión, dirigiendo órdenes o presiones de cualquier tipo, en la aplicación o interpretación de las leyes que corresponda a cualquier otro órgano jurisdiccional". De esta forma, la sanción a Rodríguez Hermida encaja en la ley en cuanto que su conducta, según un miembro del alto tribunal, fue de "entrometido", pero no la de Varón, que en todo caso fue "descuidado".

Ricardo Varón Cobos y Jaime Rodríguez Hermida fueron procesados por un supuesto delito de prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) por la puesta en libertad de Bardellino, pero fueron absueltos -por tres votos contra dos- por la Sala Segunda del Supremo el 5 de mayo de 1986 en el proceso penal que se siguió contra ellos.

La sentencia de este proceso ha condicionado notablemente la decisión del pleno del Supremo, ya que la Sala Segunda del alto tribunal entendió que la decisión de Varón Cobos al poner en libertad a Bardellino fue perfectamente legal. Al no estimar la Sala Segunda del Supremo el delito de prevaricación, el pleno se ha visto con las manos atadas para encontrar sanción adecuada a la conducta de Varón.

Aunque todavía no se ha hecho público por cuál de las faltas graves previstas en la ley se ha sancionado a Varón Cobos, un asistente al pleno indicó que el motivo de la sanción es "no haber defendido su independencia".

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