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El Metro retrasa la colocación de los cuadros horarios de servicio en las estaciones

Los vestíbulos de todas las estaciones y los andenes del metro tenían que contar, desde el pasado día 10, con cuadros horarios de servicio, en los que figuren los intervalos que existen entre el paso de dos trenes, según la hora y el día de la semana. Así lo exige el vigente reglamento de viajeros del ferrocarril metropolitano. Fuentes de la compañía informaron que el retraso se debe a que los cuadros están en fase de edición.

Como consecuencia de la implantación de estos cuadros horarios, los viajeros, según el reglamento, podrán. exigir la devolución del precio del billete en aquellos casos en que pasen más (le 15 minutos entre un tren y el siguiente si el intervalo debía ser, teóricamente, inferior a seis minutos.Asimismno, se podrá reclamar el importe del billete en aquellas líneas con intervalos superiores a los ocho minutos, siempre y cuando el tiempo de espera sea el doble del fijado en el cuadro horario. Si los intervalos son inferiores a seis minutos, los cuadros han de indicar los minutos entre tren y tren, y si el intervalo es superior, se indicará el horario de los trenes.

Esta obligación, que figura en el nuevo reglamento de viajeros del ferrocarril metropolitano en vigor, no se cumplirá, sin embargo, hasta dentro de dos semanas, pues, según un portavoz de la compañía, "los cuadros están en fase de edición". En la actualidad, únicamente funcionaba con este sistema de horario fijo la línea 8.

1.000 pesetas de multa

El nuevo reglamento establece también que aquellos viajeros que estén desprovistos de billete tendrán que pagar una "percepción extra" de 20 veces el precio del billete sencillo, lo que supone con las actuales tarifas una multa de 1.000 pesetas. Otras infracciones señaladas en el reglamento como leves son circular por pasillos o acceder por puertas en sentido contrario al señalizado, escribir, pintar o ensuciar una instalación y fumar o llevar el cigarrillo encendido en el interior de los coches. Estas faltas serán objeto de multas cuya cuantía estará comprendida entre 10 y 50 veces el importe del billete sencillo (500 y 2.500 pesetas), previa instrucción de un expediente sancionador :

Asimismo, se sancionaran con multas de 51 a 100 veces el importe del billete sencillo (2.550 a 5.000 pesetas) otras faltas más graves, como introducir objetos entre los peldaños de las escaleras mecánicas, correr por ellas, sentarse sobre los pasamanos y escalones, cruzar las vías o circular por ellas y hacer uso indebido de los timbres de alarma o frenos de emergencia.

Según el nuevo reglamento, los viajeros tienen derecho a solicitar y obtener "en las estaciones señalizadas para tal fin" el libro de reclamaciones, así como a recibir la contestación a su protesta por parte del Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid en un plazo inferior a un mes.

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