_
_
_
_
_

El mercado del honor

La 'ley de la intimidad' ha generado demandas que alcanzan los 4.000 millones

La ley de Protección del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen ha cumplido ya un quinquenio. Su aprobación, el 5 de mayo de 1982, apenas originó debate, y su promulgación fue bien acogida por todas las fuerzas democráticas. Sin embargo, cinco años después, en opinión de distintos medios jurídicos, el texto legal se ha revelado confuso y ha ido en detrimento de la libertad de expresión. En el mes de diciembre de 1981, el Congreso de los Diputados aprobó, sin apenas debate, la ley orgánica al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Más información
Solos ante el peligro

Unión de Centro Democrático (UCD) -el partido en el Gobierno en esa época- y el Partito Socialista Obrero Español (PSOE) se comprometieron a renegociar en el Senado alguno de los artículos más polémicos. A pesar de la preocupación demostrada por las diferentes fuerzas parlamentarias no se logró mejorar el texto legal. Y, al margen de estas críticas sin trascendencia, la ley del honor fue favorablemente acogida por los sectores democráticos del país.La ambigua redacción del texto y el hecho de que la ley estableciese un sistema de reclamaciones ágiles y rápidas -vía incidental- ha propiciado una verdadera oleada de demandas. En opinión del doctor Marc Carrillo, profesor de Derecho Constitucional de la universidad de Barcelona, se ha abusado de esta ley y se han abandonado las otras vías jurídicas -la querella por injurias y calumnias o la rectificación- para reparar las lesiones morales.

En numerosas ocasiones, los perjudicados se han olvidado de que la misma ley del honor y los principios generales del derecho establecen que el cauce civil debe utilizarse de forma subsidaria y que, cuando la lesión moral es constitutiva de una falta o de un delito, es preferente la vía penal.

El propio ministro del Interior, José Barrionuevo, utilizó incorrectamente este procedimiento civil al demandar al diario EL PAÍS por unas informaciones relativas al caso Brouard. El Juzgado de Primera Instancia número 16 de Madrid, en una sentencia dictada el 27 de junio de 1985, en la que se desestimó la reclamación por improcedente, le tuvo que recordar a este miembro del Gobierno socialista que la presunta lesión al honor aducida en el escrito de demanda afectaría en todo caso a su honor como funcionario, lo que constituiría, de probarse, un delito de desacato, perseguible de oficio por el fiscal.

Las demandas civiles planteadas por funcionarios de la Administración han resultado, por ahora, las más controvertidas.

Sin embargo, las más habituales y numerosas han sido las suscitadas por los protagonistas de la Prensa del corazón.

El más llamativo de estos procedimientos fue el sentenciado por el juez Rafael Gómez Chaparro, relativo a la demanda suscitada por Carmina Ordoñez, ex mujer del torero Paquirri, contra la revista Semana. El juez reconoció el derecho de la demandante a cobrar de la publicación por la utilización que se había hecho de su imagen y nombre, al considerar que su persona había alcanzado "una cotización objetiva en el mercado" y que debía estar protegida de "los actos de apropiación por parte de personas que no cuenten con la autorización del titular".

Actrices

Dos meses después, a la actriz Isabel Pantoja, viuda del mismo torero, se le otorgaron 20 millones de pesetas, en concepto de indemnización, por la comercialización de un video sobre la vida y la muerte del matador. Esta sentencia fue anulada recientemente por el Tribunal Supremo.Con el mismo procedimiento, las actrices Silvia Munt y Charo López consiguieron del Grupo Z sendas indemnizaciones de cinco y dos millones de pesetas, respectivamente. Ambos casos se habían originado al publicar sin su permiso fotografías en las que aparecían parcialmente desnudas.

Mercedes Licer logró también de este grupo editorial una indemnización de 40 millones, de los que percibió sólo seis en virtud de un pacto entre las partes.

Las demandas acumuladas en los últimos años reclaman de las empresas periodísticas, en concepto de indemnización, un total aproximado de 4.000 millones de pesetas, según aseguró un grupo de abogados relacionados con los medios informativos en el transcurso de una reunión celebrada recientemente con el presidente del Consejo General de la Abogacía, Antonio Pedrol Rius.

Estas indemnizaciones millonarias han provocado ya que algunos juristas hayan bautizado a la ley del honor como la Ley Midas. El abogado Francisco Matosas, asesor del Grupo Z, considera que las indemnizaciones que normalmente se otorgan a los lesionados son abusivas y no guardan proporción con las indemnizaciones concedidas por los mismos tribunales cuando se producen daños físicos o muerte.

El caso Neus Soldevila, que ganó un pleito y una indemnización de siete millones y medio de pesetas por la película Crimen en familia -esta sentencia fue anulada posteriormente por un tribunal superior-, mientras que ella había sido condenada a pagar sólo 4 millones por la muerte de su marido, ilustra la afirmación del letrado Matosas.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_