Justicia e Interior negocian el compromiso de los jueces vascos en la lucha con ETA
Los ministros de Justicia, Fernando Ledesma, y de Interior, José Barrionuevo, elevarán al Gobierno en los próximos días una propuesta de líneas generales de las futuras normas penales y procesales que sustituirán a la ley antiterrorista. Ledesma descarta que las actuales competencias de la Audiencia Nacional en materia de terrorismo pasen a los jueces del lugar. Sin embargo, se estudian fórmulas para comprometer a los jueces vascos en la lucha contra ETA, aunque no con la amplitud pedida por ellos y sectores jurídicos progresistas del país.
Altas fuentes del Ministerio par las Relaciones con las Cortes y del Portavoz del Gobierno aseguraron que la presentación del informe conjunto es inminente ya que el Ejecutivo está comprometido a remitir al Parlamento, antes de las vacaciones de verano, la derogación de la ley antiterrorista prometida por el presidente del Gobierno, Felipe González, en el debate sobre el estado de la nación.Durante las conversaciones entre Justicia e Interior y en los contactos de ambos departamentos con los parlamentarios socialistas, se ha planteado la cuestión de la futura competencia judicial sobre los delitos de terrorismo. La ley antiterrorista a derogar atribuye esta competencia a la Audiencia Nacional y a los Juzgados Centrales de Instrucción, con sede en Madrid.
"Pepe, piénsatelo"
Según una fuente socialista no gubernamental, en un reciente encuentro sobre la sustitución de la ley antiterrorista, Barrionuevo se mostró favorable a atribuir a los jueces del lugar la competencia sobre los delitos terroristas y Ledesma le dijo: "Pepe, piénsatelo bién". Preguntado sobre este extremo el portavoz de Interior, Julio Fernández, tras consultar con su ministro, contestó: "no hay comentarios". Sin embargo, fuentes oficiosas del departamento confirmaron veladamente el hecho al afirmar que la opinión pública está equivocada, dijeron .sobre las posiciones reales de ésta casa".Por su parte, el ministro de Justicia aseguró que "nadie" del Gobierno mantiene esa posición. "Nadie piensa en pasar de una forma radical las actuales com petencias de la Audiencia Nacio nal a lo que usted llama", declaró a un redactor de EL PAÍS, "los jueces naturales". Ledesma explicó las dificultades que entrañan las situaciones intermedias ya que el Tribunal Constitucional ha dejado muy clara la exigencia del juez ordinario predeterminado por la ley "y no es posible", dijo, "dejar la competencia al arbitrio de cada caso concreto o de la petición que formule el fiscal o el abogado, por ejemplo".
Fuentes judiciales y gubernamentales ajenas a ambos departamentos, relacionaron la supuesta posición favorable de Barrionuevo al enjuiciamiento de los delitos terroristas por los jueces vascos con el deseo de Interior de que los cuerpos policiales no sean los únicos que respondan en el País Vasco de la lucha contra ETA. Según esta versión, Interior desea que "los funcionarios dependientes de Ledesma" también se impliquen en ella.
De ser cierta esta actitud, coincidiría, desde posiciones antagónicas, con la de los sectores jurídicos progresistas y con la mayoría de los jueces vascos, que reclaman la competencia en materia de terrorismo. El 14 de octubre de 1986, 59 de los 60 asistentes a la asamblea de jueces que ejercen en el País Vasco aprobaron -el restante se abstuvo- un texto en el que rechazaban el intento aliancista de atribuir a la Audiencia Nacional el conocimiento de los delitos cometidos por policías y guardias civiles en la lucha antiterrorista y declaraban: "la única política legislativa democrática en esta materia pasa necesariamente por afirmar la competencia única y exclusiva del juez natural en toda clase de hechos delictivos".
Aunque no es previsible que ésta reivindicación sea atendida en un futuro próximo, el Gobierno estudia fórmulas de acercamiento. Representantes de Jueces para la Democracia en el País Vasco informaron que el ministro de Justicia les ha anunciado que en la nueva regulación habrá novedades positivas, además de la ya conocida de la reducción de 10 a cinco días del plazo máximo de incomunicación de los detenidos en poder de la policía.
Control judicial de la policía
Según algunos estudios del Ministerio de Justicia, en un primer paso podría atribuirse a los jueces vascos el control judicial sobre la suspensión de derechos fundamentales que el artículo 55.2 de la Constitución autoriza sólo "con la necesaria intervención judicial". Sobre los negociadores de Justicia e Interior pesa el argumento de que un efectivo e inmediato control judicial durante la fase en que los detenidos están a disposición policial, evitará la proliferación de las denuncias de torturas, que corresponde enjuiciar a los jueces del lugar.En un análisis jurídico exhaustivo de la vigente ley antiterrorista auspiciado por el Ministerio de Justicia, la profesora Carmen Lamarca, aún coincidiendo con la posición de rechazo radical a la Audiencia Nacional de juristas progresistas como el procesalista Vicente Gimeno Sendra y el penalista Luis Rodríguez Ramos, ensaya una solución posibilista. Lamarca señala que una cosa es el juicio que merezca la Audiencia Nacional y su competencia para conocer las causas de terrorismo y otra diferente la necesaria intervención judicial", dice, "en el procedimiento de suspensión de los derechos fundamentales".
La profesora Lamarca llega a la conclusión de que la prolongación de la detención, el registro domiciliario y la intervención telefónica, que en la actualidad se autoriza a la policía desde los Juzgados Centrales de Instrucción, debe ser controlada "por el juez natural, que es el único que en la práctica puede mostrarse eficaz en dicha labor". Lamarca admite que el detenido, cuando pasa a disposición judicial, sea entregado a la Audiencia Nacional, pero antes de ese momento, se pregunta, "¿cómo puede fiscalizar el órgano jurisdiccional la actuación gubernativa, si quizás se encuentra a más de 400 kilómetros del lugar de los hechos?".
La misma inquietud ha sido expresada por el diputado abertzale Juan María Bandrés, para quien, aunque la inmediatez judicial sea sacrificada en la fase de enjuiciamiento, "resulta absolutamente fundamental en el período de aplicación de las medidas del artículo 55.2 (...) una fiscalización directa, personal y no a través de documentos, sin la cual en la práctica se crea un espacio policial autónomo".
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