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El error al declarar la renta no es sancionable, según un magistrado del Tribunal Supremo

Los errores aritméticos cometidos por los contribuyentes al realizar su declaración del impuesto sobre la renta no son sancionables, según declaró el presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, Rafael Mendizábal, en las II Jornadas Tributarías que, organizadas por la revista Gaceta Fiscal, se han celebrado en Madrid.El magistrado del Tribunal Supremo señaló que hay que distinguir entre la declaración y la posterior liquidación tributaria. El deber de liquidar, dijo, corresponde a la Administración, por lo que la liquidación hecha por el contribuyente no tiene valor legal alguno. En este sentido, se mostró partidario de que la legislación tributaria establezca formalmente que las equivocaciones, aritméticas no constituyen infracción y, por tanto, no son sancionables.

En las mismas jornadas, el ex director general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Ramón Drake, afirmó que la ley de reforma parcial del IRPF de 1985 ha desnaturalizado la reforma fiscal de 1977, puesto que ya no grava la renta real obtenida por los contribuyentes, al haberse limitado la compensación de las pérdidas obtenidas en la transmisión de bienes o los rendimientos negativos, además de suprimido la deducción de numerosos conceptos de gastos.

Sobre las novedades de este año, Drake destacó como tema controvertido el criterio de Hacienda de considerar exentas del impuesto seis mensualidades en los casos de indemnización pactada de altos directivos. En su opinión, debería quedar exento el montante total de esa indemnización recogida en contrato, "que es mínima y única". Alfonso Gota, presidente del Tribunal Económico Administrativo Central, se refirió al riesgo existente de que los incrementos de patrimonio gravados en renta podrían ser superiores a los realmente obtenidos, como consecuencia de la inflación y de los métodos de valoración utilizados.

La revista Gaceta Fiscal ha organizado para el próximo martes otras jornadas sobre Defensa y garantías del contribuyente ante la Hacienda pública, en las que tienen prevista su intervención cinco magistrados.

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