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Los fondos de pensiones estarán protegidos contra la tentación de imponerles inversiones obligatorias

Los futuros fondos de pensiones estarán protegidos contra la tentación de imponerles inversiones obligatorias que reduzcan la rentabilidad del ahorro canalizado por ellos. La mayoría parlamentaria socialista ha decidido impedir tales prácticas, mediante sus últimas enmiendas al proyecto de ley regulador de dichas instituciones, de las que los mercados financieros esperan que manejen en pocos años varios billones de pesetas. Otra de las nuevas enmiendas socialistas con mayor repercusión económica les permitirá invertir en créditos hipotecarios, medida orientada a favorecer la baja de los tipos de interés pagados por los compradores de viviendas.

El proyecto de ley de los planes y los fondos de pensiones, ampliamente modificado durante su paso por el Congreso de Diputados, sufrirá nuevos cambios en el Senado, donde los diversos grupos parlamentarios acaban de presentar 339 enmiendas. De estas propuestas, tres tienen el propósito de vetar la totalidad de proyecto y han sido formuladas por el Partido Demócrata Popular (PDP), el Partido Nacionalista Vasco (PNV) y Alianza Popular (AP) para solicitar la devolución del texto al Gobierno. Pero las únicas enmiendas que tienen garantizado el rectificar el proyecto son las 55 que ha presentado el Grupo Socialista.Una de las nuevas enmiendas socialistas agrega una cláusula de protección de los fondos frente a "posibles tentaciones de obligarles a invertir en activos de baja rentabilidad, a través de la política de coeficientes obligatorios", según indican los autores de la propuesta.

Estos coeficientes afectan sobre todo a los bancos y a las cajas de ahorro, que en los últimos años han esgrimido la desventaja competitiva de tales prácticas para solicitar su extensión a otros intermediarios, recientemente a las financieras.

La enmienda dice que el reglamento -preparado por el Ministerio de Economía y Hacienda, con el fin de que los fondos de pensiones empiecen a desarrollarse el próximo año- podrá fijar "porcentajes mínimos o máximos de inversión en determinadas categorías generales de inversiones en que se materialice el activo de los fondos de pensiones, con el fin de asegurar su liquidez y solvencia".

Pero agrega que "en ningún caso" ello podrá "entrañar obligaciones de invertir en activos financieros específicos cuya rentabilidad no se adecue a las condiciones generales de los mercados financieros".

Títulos excluidos

El proyecto aprobado por el Congreso de los Diputados se remitía también al reglamento de la ley para señalar un límite mínimo, no inferior al 75%, " que se invertirá en deuda pública, en valores mobiliarios privados de renta fija o variable con cotización oficial en bolsa, en títulos de mercado hipotecario, en otros activos financieros contratados en mercados organizados reconocidos oficialmente y de funcionamiento regular abierto al público, o al menos a las entidades financieras, y en inmuebles".Pues bien, otra enmienda socialista pretende cambiar este panorama.

Además de excluir del activo a invertir "las dotaciones para el pago de primas en virtud de planes total o parcialmente asegurados", el Grupo Socialista del Senado pretende excluir a la deuda pública e incluir a los créditos hipotecarios, de forma que el artículo quedará así: " Reglamentariamente se establecerá el límite mínimo, no inferior al 75%, que se invertirá en activos financieros contratados en mercados organizados reconocidos oficialmente y de funcionamiento regular abierto al público, o al menos a las entidades financieras, en créditos con garantía hipotecaria, y en inmuebles".

Junto a estas cautelas para apoyar la rentabilidad de los fondos, la mayoría socialista del Senado quiere incluir también algunas restricciones en cuanto a la autorización de los fondos -siempre previa autorización y registro del Ministerio de Economía y Hacienda-, el alcance de sus prestaciones y las garantías -ya extremadas en el paso del proyecto por el Congreso- para que esta fotma de ahorro no se convierta en un nuevo refugio contra el fisco.

Así, de no ser posible el acceso del beneficiario de un fondo a la "jubilación o situación asimilable", la prestación que le corresponda "sólo podrá ser percibida al cumplir los 60 años de edad".

Percepción de las prestaciones

El mismo artículo señalaba antes que, salvo por las causas de invalidez o muerte -objetos de prestación que se mantienen-, Ias prestaciones sólo podrán ser percibidas cuando los beneficiarlos accedan a la jubilación o situación asimilable, de no ser posible tal acceso al cumplir los 60 años de edad".Ni se admitía entonces ni se admite ahora la posibilidad de utilizar un fondo para cubrir situaciones de desempleo.

Otra restricción aportada por las enmiendas del Grupo Socialista del Senado consiste en incluir en el límite de 500.000 pesetas que podrá deducir del impuesto sobre la renta de las personas flisicas (IRPF) cada beneficiario anualmente tanto las aportaciones a un plan de pensiones como las que puedan destinarse al mismo tiempo "con carácter obligatorio a montepíos laborales y mutualidades cuando amparen, entre otros, el riesgo de muerte, detracciones por derechos pasivos y cotizaciones de los colegios de huérfanos o instituciones similares".

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