El Gobierno español presenta ante la Comisión Europea las zonas que recibirán ayudas regionales
El Gobierno español ha remitido a la Comisión Europea la relación de zonas que recibirán ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), clasificadas en cuatro grupos. En el primero de ellos están las nueve regiones españolas -Andalucía, Canarias, Extremadura, Murcia, Castilla y León, Galicia, Castilla-La Mancha, Aragón, Ceuta y Melilla- consideradas prioritarias y que podrán recibir una subvención neta equivalente del 75% para el desarrollo de proyectos que supongan un mayor desarrollo económico y contribuyan a eliminar las trabas físicas que dificultan las comunicaciones entre los Estados miembros.
La propuesta, elaborada formalmente el pasado 14 de enero y presentada el 11 de febrero, se considera por parte española como prácticamente definitiva, ya que es fruto de un año largo de negociaciones. La propuesta española ante la Comunidad Europea clasifica las zonas en cuatro grupos, según el porcentaje de subvención neta equivalente a que pueden acceder; es decir, según el valor de todas las ayudas de que se beneficie un determinado proyecto de inversión, actualizadas al momento de la concesión y una vez deducido el impuesto de sociedades. Este porcentaje es del 75% para el tipo 1,45% para el 11,30% para el III y 20% para el IV. Estas inversiones se financiarán al 50% entre la Administración española y el Feder, aunque dependerá de que los proyectos a que van destinadas sean aprobados por el Gobierno español y después por las autoridades comunitarias.Los criterios manejados a la hora de establecer estos cuatro grupos son dos. El primero es delimitar las ayudas destinadas a favorecer el desarrollo de las regiones en que el nivel de vida es "anormalmente bajo" o en las que exista "una grave situación de subempleo".
El segundo de los criterios a la hora de dividir la superficie española es facilitar el desarrollo de determinadas regiones "Siempre que no alteren las condiciones de intercambios en forma contraria al interés común". En la propuesta se incluye una clasificación de las zonas por población y por extensión, así como el porcentaje de estas dos variables en relación a la región a la que pertenecen.
Coordinar políticas
Con ello se pretende coordinar la política estatal y autonómica de desarrollo regional, de acuerdo con los criterios que rigen en la Comunidad Europea. Esta es una condición indispensable para poder acceder a los fondos estructurales comunitarios. Todos los países comunitarios conceden importantes ayudas fiscales y financieras a empresas que realizan inversiones y generan puestos de trabajo en las zonas menos desarrolladas de cada país.
Estas ayudas están general¡zadas hasta el punto de que la CE ha tenido que dictar unos principios de coordinación obligatorios para evitar el falseamiento de la competencia entre los distintos Estados miembros. Estos principios se concretan en garantizar que las ayudas tienen una finalidad regional y no sectorial, y su importe máximo debe estar expresado en términos de subvención neta equivalente, así como su transparencia.
Incentivos regionales
A partir de la adhesión de España a la CE, uno de los cauces principales para la participación española en los recursos del presupuesto comunitario es el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Para acceder a estos recursos España deberá contar a su vez con una, política de incentivos regionales acorde con las normas obligatorias de la CE, así como con una programación económica regional que establezca un marco de actuación.
Además de la delimitación de zonas, la Administración española deberá elaborar y presentar programas y proyectos de inversión ajustados a los principios comunitarios. De ello dependerá que las ayudas de la CE lleguen pronto y bien.
Las comunidades autónomas no tendrán participación en el organismo creado para distribuir las ayudas
El proyecto de reglamento que desarrolla la ley de Incentivos Regionales, de diciembre de 1985, ha recibido ya el dictamen del Consejo de Estado y podrá ser aprobado en un próximo Consejo de Ministros. La principal observación al reglamento por parte del Consejo de Estado es que el porcentaje de subvención prevista es sensiblemente menor a los límites que permite la legislación comunitaria.En este reglamento se fijan los criterios que seguirá el Gobierno español a la hora de presentar proyectos para acceder al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), así como las ayudas que se otorgarán directamente. Supone, por otra parte, la desaparición de todas las subvenciones que hasta el momento proporcionan diferentes organismos estatales y autonómicos. Sin embargo, las comunidades autónomas no tendrán participación en la determinación de estas ayudas, pues quedan excluidas del consejo rector que se creará para ello.
El Consejo de Estado considera que se debería ir a los topes máximos de subvención permitidos por la Comunidad Europea (CE), es decir, a partir del 75%, mientras que el reglamento establece tres grupos para los cuales las ayudas serán del 55%, 45% y 35% para las zonas clasificadas como de "promoción económica". El destino de estas subvenciones es la financiación de proyectos que generen desarrollo económico en determinadas áreas.
Fuentes del Ministerio de Economía señalan, sin embargo, que si da una subvención neta equivalente -el valor de todas las ayudas públicas de que se beneficie un determinado proyecto, actualizada al momento de la concesión y libre de impuestos- del 75%, tal como permite la Comunidad Europea, supondría dar una financiación de casi el 100%.
Y en este caso sería como si el Estado invirtiera directamente, con lo cual se desvirtuaría el objetivo final, que es "crear las condiciones adecuadas en las zonas con problemas para que puedan competir en el resto del territorio e incidir en las decisiones empresariales de localización de sus inversiones", según se expresa en el proyecto de reglamento.
El reglamento regula, además, la composición del consejo rector, entre cuyas funciones estarán las de programar y promover las actuaciones estatales en materia de incentivos regionales. Concretamente, este consejo elaborará propuestas para la delimitación de zonas promocionables y prioritarias, los sectores que se beneficiarán de las ayudas, los proyectos, así como decidir las inversiones para las que se va a solicitar contribución del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Este consejo estará adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda y será presidido por un representante de este departamento. Como vocales formarán parte directores generales de todos los ministerios económicos, así como de Administración territorial. En algunos casos se crearán comisiones de trabajo para zonas determinadas que incorporarán a representantes de la comunidad autónoma de que se trate.
Proyectos viables
El reglamento divide en zonas de promoción económica (según la renta por habitante y la tasa de paro), industriales en declive (las afectadas por la reconversión industrial) y especiales las que recibirán ayudas. Para las primeras, la subvención neta equivalente será del 55% 45% y 35%. El Ministerio de Economía y Hacienda aprobará, mediante decreto, tanto las zonas como los proyectos que se beneficiarán de ayudas. Si la subvención supera los 1.000 millones de pesetas, la concesión corresponderá a la comisión delegada del Gobierno para asuntos económicos.
La creación de nuevas empresas que generen puestos de trabajo, la ampliación de empresas ya instaladas que suponga una aumento de la productividad, así como el traslado de empresas o su modernización, serán proyectos que podrán optar a las subvenciones.
La condición necesaria exigida para acceder a estos fondos es que se trate de proyectos viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero y que dispongan de un nivel de autofinanciación no inferior al 30% de la inversión aprobada.
Las ayudas previstas pueden ser subvenciones a fondo perdido de los intereses de los préstamos que el solicitante obtenga de entidades financieras y subvención para amortización de estos préstamos. Además, podrán acogerse a una bonificación de hasta el 95% de la cuota empresarial a la Seguridad Social correspondiente a los puestos de trabajo aprobados durante un período máximo de tres años.
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