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Hacienda calcula en 35.000 millones las devoluciones sobre la contribución urbana

El Ministerio de Economía y Hacienda ha calculado las cantidades que debería devolver a los contribuyentes, en nombre de los ayuntamientos, si el Tribunal Constitucional declara inconstitucionales, como espera el risco, las subidas aplicadas por los municipios desde 1984 en los tipos de la contribución territorial urbana. En total se verían benericiados por el fallo algo más de seis millones de contribuyentes.

El volumen de las devoluciones rondaría los 35.000 millones de pesetas. Esto supone una media de 5.800 pesetas por contribuyente. Fuentes allegadas a los intérpretes de la Constitución han informado que, en principio, el asunto podría resolverse antes del mes de abril. Los temores a una sentencia adversa sobre las subidas aplicadas por numerosos Ayuntamientos españoles en la contribución territorial urbana empezaron a circular en medios gubernamentales desde finales de 1985, poco después de que el Tribunal Constitucional se pronunciara en contra de los recargos municipales en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). El problema planteado por la primera sentencia fue de menor envergadura, tanto en número de contribuyentes implicados (1,7 millones) como en cantidadades a devolver (7.849 millones) y en Ayuntamientos afectados por la pérdida de recursos fiscales.En el último año resultaron infundados los reiterados rumores de que era inminente la segunda sentencia del Tribunal Constitucional. Pero fuentes del mismo han confirmado que el asunto aparece entre las previsiones provisionales formuladas para este primer trimestre. Las fuentes añadieron que, con vistas a la sentencia, se han acumulado los recursos con las numerosas cuestiones de inconstitucionalidad que había planteadas.

Ante la eventualidad de un fallo adverso, el Ministerio de Economía y Hacienda ha realizado unos primeros cálculos de la repercusión que tendría. Los resultados despejan parte de la alarma causada entre los responsables de las haciendas locales por estimaciones no oficiales, que cifraban el probable importe de las devoluciones entre los 75.000 y los 100.000 millones de pesetas. Las cifras del fisco se basan en la impresión de que la inconstitucionalidad sólo recaería sobre los ingresos de los Ayuntamientos que, al subir la contribución territorial urbana, aplicaron tipos superiores al 20%. Esta hipótesis deja el número de municipios afectados en 870 para el año 1985 (pagos correspondíentes a 1984) y en 1.300 Ayuntamientos para el pasado ejercicio (por 1985). El total de recibos cobrados ascendió a 4,7 millones en el primer año y a 5,9 millones en el segundo.

Competencias

La idea de que sólo deberán ser devueltos los ingresos correspondientes a tipos superiores al 20% se deriva de que probablemente la declaración de inconstitucionalidad se basará en que la fijación de los tipos aplicables a un impuesto constituye reserva de ley, por lo que desborda las competencias de las corporaciones locales. En consecuencia, los municipipos que aprobaron tipos superiores al 20% (límite expresamente señalado por un decreto-ley en 1979) han de de volver la diferencia entre el 20% y el tipo que aprobaron a partir de 1984, cuando la ley de Medidas Urgentes para el Saneamiento de las Haciendas Locales facultaba a los Ayuntamientos a aprobar tipos superiores a los fijados con carácter estatal.Según fuentes de Hacienda si el Tribunal Constitucional confirma esta hipótesis, el volumen de devoluciones ascendería a 9.000 millones de pesetas por los recibos correspon dientes al año 1984 (los cobrados en 1985), otros 11.900 por los de 1985 y entre esta última cantidad y cerca de 15.000 millones por los de 1986. Las cifras no han sido mayores por que muchos Ayuntamientos, en lugar de limitarse a subir los tipos, actualizaron los valores catastrales, de forma que la mayor recaudación conseguida ha permitido a algunos bajar posteriormente los tipos.

Las mismas fuentes precisaron que las dificultades para proceder a la devolución serán mucho mayores que en el caso del IRPF. Y ello porque, mientras los recargos sobre este impuesto fueron recaudados siempre por la Hacienda central, los de la contribución territorial han sido ingresados en unos casos por los consorcios Administración central-local y en otros directamente por los Ayuntamientos.

No obstante, las fuentes del fisco afirmaron que Economía esperará a conocer la sentencia antes de tomar cualquier decisión. En las últimas semanas había circulado el rumor de que, ante las dificultades de que el fallo del Tribunal Constitucional reconozca la no eje cución del mismo con efectos retroactivos, el Gobierno pensaba en la posibilidad de aprobar una ley por trámite de urgencia para establecer con efectos retroactivos los límites de los tipos de gravamen, salvando así la inconstitucionalidad.

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