Polémica por la indemnización de un accidente de tráfico
La compañía de seguros que indemnizó con 105.207 pesetas a Dolores Fernández Romero, atropellada por una furgoneta en Barcelona, sostiene que cumplió escrupulosamente con sus obligaciones al haber pagado esta cantidad. Seguros Lepanto asegura que esa cifra es la máxima a que está obligada por el Seguro Obligatorio de Automóviles contratado con el vehículo accidentado. Como Dolores Fernández afirma que fue presionada por el Juzgado de Distrito número 19 para que cobrase aquella cantidad cuando insistía en reclamar las 335.000 fijadas por la sentencia, ha sido elevada una denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial.Los representantes de la compañía de seguros precisan que el automóvil que protagonizó el accidente estaba asegurado por 15 días y por la cobertura específica del Seguro Obligatorio de Automóviles, exclusivamente. Como la lesionada sufrió 45 días de incapacidad temporal y le corresponden 800 pesetas por cada jornada de baja, eso supone 36.000 pesetas. Esta cantidad se incrementó hasta las 105.207 pesetas, "que es el importe legal máximo, más los intereses legales, por la incapacidad permanente, atendidos los conceptos y cuantías propios del Seguro Obligatorio".
Según la aseguradora, "de la indemnización total civil, aparejada a la condena penal recaída sobre el conductor, Lepanto sólo aseguraba el contenido propio del Seguro Obligatorio. Si el titular o conductor de la furgoneta no tuvieron la previsión de asegurarlo por un importe superior, eso es ajeno a la compañía".
El abogado de la accidentada discrepa con este criterio, y considera que la sentencia obliga a Lepanto a hacerse cargo de toda la indemnización dictada, sin ningún límite, ya que el fallo no hace mención a la existencia del seguro obligatorio ni a ningún otro tope. Subraya, además, que Seguros Lepanto no apeló ni pidió la aclaración de la sentencia. Este letrado ha optado por presentar una queja ante el Consejo General del Poder Judicial denunciando el incumplimiento de la sentencia y que se haya obligado a la mujer a aceptar sólo una parte de la indemnización.
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