El Supremo absuelve a un acusado de robar 700 pesetas que pasó dos años en prisión
El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia de la Audiencia de Barcelona en la que se condenaba a Alfonso García Luna a cuatro años de prisión por el supuesto robo con intimidación de 700 pesetas en una pastelería de Barcelona. El procesado no tenía antecedentes y permaneció dos años en prisión preventiva por estos hechos. El Supremo ha revocado el fallo por entender que no existieron pruebas para condenarle.La sentencia, dictada por la sección cuarta de la audiencia el 25 de octubre de 1985, analizaba unos hechos cometidos en 1977. El fallo del Supremo afirma que el procesado sólo admitió haber cometido el delito ante la policía y que después, ante el juez instructor, negó su participación. En este sentido, la sentencia recuerda que el atestado policial no tiene valor de prueba.
En el robo intervinieron cinco personas y la única testigo era la dependienta de la pastelería, que no reconoció durante la instrucción del sumario al acusado Alfonso García Luna, alias El Tonto. El testimonio de la dependienta tampoco se produjo en la vista oral. El Supremo ha anulado la sentencia de la audiencia subrayando que éste tribunal "no podía valorar lo inexistente".
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