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LA DECISIÓN JUDICIAL SOBRE BANCA CATALANA

Serias discrepancias formales entre los magistrados que deben decidir sobre el procesamiento de Pujol

El pleno de la Audiencia Territorial de Barcelona que debe decidir sobre la petición de procesamiento solicitada por el ministerio fiscal contra Jordi Pujol y otros 16 ex directivos de Banca Catalana se inicia hoy, a las diez de la mañana. Antes de que se abra el debate penal sobre el fondo del asunto, algunos magistrados tienen previsto plantear, como cuestiones procesales previas, el derecho o no de los reunidos a hacer constar votos reservados en el fallo y el alcance exacto de la resolución, y cuestionar alguna de las normas de funcionamiento interno del pleno, según fuentes jurídicas.

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Los posibles recursos

Un sector de magistrados propugna, según las mismas fuentes, que en el fallo de la Audiencia no se incluyan votos reservados en los que se recojan pormenorizadas las opiniones disconformes con la decisión mayoritaria. Este sector de jueces, partidario de hacer una interpretación restrictiva del artículo 260 de la ley orgánica del Poder Judicial, opina que esta disposición sólo faculta a los deliberantes a emitir un voto reservado en las sentencias y las resoluciones definitivas, pero no en los autos de procesamiento o en los fallos no definitivos, como el que tiene que adoptar el pleno.La opinión sustentada por este sector de magistrados coincide con el tono de las manifestaciones realizadas por algunos sectores de Convergéncia Democrática de Catalunya (CDC), el partido de Pujol, que, en los últimos días, apostando por una exculpación del actual presidente de la Generalitat, solicitan una resolución limpia, que declare su inocencia de forma tajante y sin dejar ningún tipo de resquicio para las polémicas. Estos mismos sectores habían propugnado, tiempo atrás, que se estimara la necesidad social de que los magistrados adoptaran un acuerdo unánime, algo que actualmente parece poco previsible, según las estimaciones judiciales.

Esta postura contrasta con la de otros sectores políticos que pronostican un fallo favorable a los intereses de los querellados, aunque lastrado por numerosos votos de disconformidad.

Un antecedente

Algunos magistrados de la Audiencia discrepantes con la posibilidad de que se recorte el derecho a emitir votos particulares mantuvieron un cambio de impresiones sobre la cuestión, que se celebró, al parecer, el pasado miércoles día 19. En la reunión se recordó, entre otros argumentos, que el auto dictado por el propio pleno el pasado día 24 de julio, resolviendo una cuestión procesal suscitada por el abogado defensor Joan Córdoba Roda, se acompañaba de dos votos reservados, lo que supone un antecedente concreto. El propio presidente de la Audiencia Territorial, Jaume Amigó de Bonet, hizo ayer unas manifestaciones a la prensa, en las que, sin aludir a la polémica suscitada horas antes, reivindicó el derecho de los magistrados a emitir su voto reservado. Amigó fundamentó su posición refiriéndose al citado artículo 260.

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Otra de las cuestiones que se debatirá previamente, según los mismos medios jurídicos, es el alcance del fallo. Algunos magistrados son partidarios de examinar la petición de procesamiento del querellado aforado, Jordi Pujol, de manera aislada. En el caso de que se rechazara la petición de procesamiento, este sector propugna inhibirse y enviar el sumario a un juzgado de instrucción, por quedar desprovisto de la razón justificativa del tratamiento especial. De prosperar esta tesis, sería un juzgado de instrucción el encargado de dictaminar sobre el procesamiento que solicitan los fiscales respecto a los otros 16 acusados.

Otro sector de magistrados pretende, por el contrario, que el Pleno de la Audiencia Territorial se pronuncie de forma global sobre todas las cuestiones suscitadas por el ministerio público.

'No' a la bipolarización

Un tercer punto de discrepancia nace de la actual redacción del artículo 25 de las normas sobre régimen interno del pleno, que establece que los magistrados ,procurarán "agruparse en posturas homogéneas que permitan arbitrar turnos en favor o en contra de las propuestas, prescindiendo de todo lo que no haya de tener trascendencia en la resolución". Algunos magistrados se muestran disconformes con este artículo, con el argumento de que, aunque su aplicación agilizaría el debate, también podría crear una bipolarización de posiciones, sin dejar otra alternativa a los jueces.

En medios jurídicos se asegura que, como consecuencia de este debate previo, el pleno puede prolongarse al menos hasta última hora del sábado, aunque el presidente de la Audiencia tiene la potestad de dar por finalizadas las discusiones cuando lo crea oportuno y pasar directamente a la votación del fallo.

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