¿Estrategia neoautoritaria?
Parece razonable afirmar que los jueces españoles están siendo sometidos desde hace un tiempo a un bombardeo público de acusaciones. No estaría justificado decir que todas estas acusaciones son infundadas. Pero sería alarmante que obedeciesen a una,estrategia neoautoritaria de gobernabilidad" de nuestro país, por la que, bajo el señuelo de la "eficacia antiterrorista", se pretenda reducir la función jurisdiccional de control de los poderes públicos y privados que corresponde constitucionalmente a los jueces. Sería alarmante porque el correcto y eficiente ejercicio de esa función de control es condición sin la cual no puede hablarse de Estado de Derecho.Parece ocioso indicar que ninguno de los programas electorales de los partidos con representación parlamentaria en las Cortes Generales afirma la adopción de esa estrategia de manera clara y tajante. No seré yo quien enjuicie, aquí y ahora, cuál de esos programas está más cercano o más alejado de esa estrategia. Allá con su responsabilidad política, si alguno guarda "in pectore" tal finalidad, autoritaria.
Pero sí compete a todos los partidos democráticos salir al paso -por convicción o por simple coherencia-, de cualquier intento soterrado o abierto de encarrilar nuestro ordenamiento jurídico hacia fórmulas neoautoritarias.
El debilitamiento de las garantías de protección del ciudadano (también del ciudadano presunto delincuente) orillando la intervención del juez natural o limitando las facultades investigadoras de los jueces es, sin duda, un grave ataque a la independencia que para los jueces reclama un estado democrático de derecho.
Es más, si nuestra Constitución proclama que España se constituye también en Estado social de Derecho, ha de irse más allá de la mera garantía de la independencia de los jueces. El "estado social" exige una permanente potenciación de esa independencia, como uno más de los mecanismos impulsores para que la libertad e igualdad de los individuos y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud, tal como señala en definitiva, el artículo 9.2 de la Constitución.
Ahora bien, es asimismo igualmente necesario que la independencia de los jueces sea entendida por éstos "no como un privilegio, sino como un valor puesto para tutela y garantía del ciudadano".
El riesgo de que aquéllos puedan vivir su independencia como un privilegio y/o como bula o patente de corso contra el estado democrático, puede evitarse, entre otras, por estas dos vías: la del autocontrol y la del diálogo institucional.
Autocontrol
Urge potenciar un autocontrol riguroso que asegure un correcto y eficiente ejercicio de la función jurisdiccional, tanto en el campo estrictamente jurisdiccional de los recursos, como en el ámbito de las competencias del Consejo General del Poder Judicial. En esta línea el Consejo debe desarrollar la profesionalidad de los jueces y controlar la gestión de las oficinas judiciales. El ciudadano está pidiendo jueces que "sepan" (preparación) que "sepan hacer" (capacidad y laboriosidad) que "sepan ser y estar" (honestidad, equilibrio y valentía).
Profesionalidad, que según el vocal del Consiglio Superiore de la Magistratura Italiana, Giuseppe Borré, es "mesura, conciencia del límite, garantía de racionalidad, capacidad de respeto de las reglas procedimentales y por este motivo condición de transparencia y controlabilidad". Como también la profesionalidad es "antídoto contra la tentación del atajo o contra el peligro del azar y del subjetivismo; o por el contrario, fuente de emancipación del magistrado y por ello de sustracción del mismo sea de la lógica burocrática de dependencia de los superiores, sea de la frustración personal en la que con frecuencia anidan las causas del protagonismo". Finalmente, la profesionalidad es asimismo "la condición para que las provídencias jurisdiccionales, aún las más atrevidas e innovadoras, puedan aspirar a la aceptación social". Y podría completarse esta concepción del juez italiano, afirmando que profesionalidad es también valentía frente a las injerencias internas y externas en el quehacerjudicial y aceptación de la crítica pública de sus resoluciones
Pacto de Estado
Qué duda cabe que la potenciación de esa profesionalidad de los jueces dependerá en gran medida de la voluntad política que exista en el momento de fijar el presupuesto correspondiente a Justicia. ¿Por qué no un "pacto de Estado" para la justicia?
Todos estamos interesados en que la justicia funcione ¿o no lo estamos todos? La Ley de Planta y los recursos presupuestarlos que la hagan posible, están esperando ese pacto político. Parece llegada ya la hora de la justicia.
Por otro lado, el robustecimiento de la profesionalidad de los jueces dependerá también de las posibilidades reales de actuación del Consejo General del Poder Judicial. Si se adoptó el sistema electivo vigente, cabe preguntarse por qué no se le dota de las facultades instrumentales que precisa para un correcto funcionamiento. Ahora bien, a la vista de los últimos acuerdos del Consejo que han trascendido a la opinión pública y en especial los relativos a la incomparecencia de miembros de la Guardia Civil ante un juzgado de Bilbao y el que recuerda a los jueces el "deber profesional de reserva" del artículo 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, urge también un debate serio y profundo sobre la naturaleza y funciones del Consejo tanto en relación al necesario equilibrio entre el "control democrático de los jueces" y la imprescindible salvaguarda de su independencia, como a su papel de órgano de gobierno de quienes conforman el Poder judicial en la perspectiva de la exigible armonía entre los poderes del Estado, ¿son o no incompatibles autogobierno de la magistratura y democracia?
Diálogo institucional
La otra vía, la del diálogo institucional, fue apuntada certeramente por Francisco Gor en este mismo periódico (23-9-86). No voy a insistir en ello. Diálogo y colaboración en la búsqueda de soluciones frente a descalificación y confrontación, a modo de tour de force socialmente inadmisible.
Noticias como la que hace unos días daban cuenta los medios de comunicación sobre la entrevista mantenida entre el presidente del Gobierno y varios miembros del Consejo General del Poder Judicial presididos por el señor Hernández Gil pueden ayudar a reconducir las aguas a su cauce natural.
En esta vía de colaboración, se movieron (o al menos así se pretendió), las jornadas que la asociación "Jueces para la Democracia" organizó a mediados del pasado mes de octubre en Barcelona.
Temas tan de permanente actualidad como la detención y prision provisional, como la pena de prisión y las cárceles, como el internamiento psiquiátrico o como la Ley de Extranjería, fueron objeto de un análisis multidisciplinar en la perspectiva de búsqueda de soluciones o alternativas a los problemas, carencias o inadecuaciones que la realidad legislativa y material presenta en nuestro país. Este colectivo Judicial ofreció esta plataforma de diálogo sobre las privaciones de libertad a la luz de los derechos humanos, en respuesta a su ya tradicional preocupación por una correcta conformación de la figura del juez independiente, y por ello, garante efectivo de derechos. Eso sí, en la perspectiva progresiva de conseguir el mayor beneficio social con el menor costo posible de la libertad individual. No dejan de ser, por tanto, estas jornadas un modo más de afrontar los problemas que aquejan a la justicia en este campo concreto de las privaciones de libertad, con el objetivo de privar de legitimidad y crédito a quienes sostienen que la magistratura debe ser controlada y gobernada por el poder político limitando su "fastidiosa" independencia.
Potenciar la independencia En un Estado social y democrático de Derecho se puede y se debe compatibilizar la mayor eficacia de toda política criminal, y por tanto también de la política antiterrorista, con la potenciación de la independencia de los jueces.
Dialoguemos pero en definitiva, cumplamos todos con profésionalidad, las funciones que constitucionalmente tenemos atribuidas, sin olvidar que a los tres poderes del Estado obliga el "principio de efectividad" proclamado en el artículo 9.2º de nuestra Constitución: el equilibrio y la armonía entre los mismos han de tender dinámicamente a la profundización en la democracia, es decir, a la efectividad de la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político que la Constitución propugna en su artículo primero como valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico.
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