Acuerdo en la CE sobre la libre circulación de los agentes de comercio
El Consejo de Ministros de Comercio de los países de la Comunidad Europea alcanzó ayer un acuerdo de principio sobre el régimen de protección y libre circulación por el territorio de la CE de los agentes comerciales independientes. Según fuentes de la Comisión Europea, el Reino Unido e Irlanda consiguieron una derogación de cuatro años para la puesta en práctica de este régimen.La aplicación de esta nueva directiva no entrará en, vigor hasta tres años después ¿le su aprobación formal, que previsiblemente se producirá en el próximo Consejo de Ministros, cuya celebración está prevista para antes de final de año. El Reirlo Unido e Irlanda contarán de hecho con un plazo de siete años, para que la normativa les sea obligatoria.
La nueva directiva comunitaria, que forma parte del paquete de reformas para lograr la implantación, en el horizonte de 1992, de un mercado interior auténticamente libre en cuanto a circulación de ciudadanos, rnercancías y capitales, oftecerá protección a los agentes comerciales independientes -ante las empresas con las que mantienen contratos. Para ello, se prevé tina compensación económica en el caso de rescisión del compromiso.
Con respecto a la libre circulación de ciudadanos, España solicita poder retrasar hasta 15191, en lugar de 1989, la aplicación de este régimen en sus fronteras con Portugal.
Por otra parte, la delegación española, encabezada por el secretario de Estado para la CE, Pedro Solbes, mantuvo su reserva sobre la propuesta de un régimen de protección de los productos farmacéuticos. Estas medidas, de ayuda serían de 10 años para los medicamentos de innovación y de siete paralos productos tradicionales. España condiciona su aprobación a la concesión de un plazo de demora para su puesta en práctica, ya que: es tima que e « stas medidas beneficiarán a las ultinacíonales farmacéuticas en perjuácio de los pequeños y medianos laboratorios.
El Consejo de Ministros estudia asimismo la implantación de la bandera comunitaria en los puestos fronterizos de la CE.
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