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Impulso a las unidades de policía judicial, 'creadas' por ley hace siete meses

El encuentro celebrado ayer entre el presidente del Gobierno, Felipe González, y nueve de los 20 miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), acompañados del ministro de Justicia, Fernando Ledesma, al margen del tratamiento de temas generales sobre la justicia, significó un impulso a la organización de las unidades de policía judicial, legalmente creadas en marzo de este año, pero que todavía no han entrado en funcionamiento. Con esta medida se encauzará el problema recientemente puesto de manifiesto por los jueces penales de Madrid y Barcelona.

Además del presidente González, el ministro Ledesma y el presidente del CGPJ, Antonio Hernández Gil, asistieron el vicepresidente del Consejo, Manuel Peris, y los vocales Luis Vacas, Juan Antonio Linares, Francisco Huet, Pablo García Manzano, José Augusto de Vega, Cristina Alberdi y Juan José Martínez Zato. La agencia Efe anticipó la asistencia de Pablo Castellano, que finalmente no se produjo.

Según el comunicado oficial del Consejo, la reunión, celebrada en el palacio de la Moncloa, se desarrolló "en un clima de mutua comprensión y cordialidad" y los reunidos consideraron "la necesidad urgente de seguir profundizando en la reforma de la Administración de Justicia, que comprende desde las leyes procesales hasta las de demarcación y planta, con la repercusión presupuestaria que ello implica y la trascendencia en su mejor funcionamiento como servicio público".

Se trató también sobre la estructuración de las relaciones entre los poderes judicial y ejecutivo -estas últimas, encauzadas a través del Ministerio de Justicia, cuyo titular se hallaba presente- y sobre la función del Ministerio Fiscal, "como pieza clave de la Administración de Justicia".

Acuerdo clave

Fuentes próximas a los asistentes resaltaron que, tras las actuaciones policiales irregulares denunciadas por los jueces penales, lo más importante fue el acuerdo sobre "la necesidad de dotar de la organización adecuada a las unidades de policía judicial, al servicio de los jueces y tribunales, y la ulterior reglamentación de los mismos, según lo previsto en la Constitución y en la ley".Las futuras unidades de policía judicial estarán integradas, con carácter permanente y especial, por miembros de los cuerpos, fuerzas de seguridad del Estado "con la adecuada formación especializada". Podrán adscribirse por el Ministerio del Interior, oído el CGPJ, a, determinados juzgados y tribunales. De igual manera podrán adscribirse al Ministerio Fiscal, oído el fiscal general del Estado.

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Uno de los aspectos que se consideran más positivos en la regulación de las unidades de policía judicial es que los funcionarios a ellas adscritos "no podrán ser removidos o apartados de la investigación concreta que se les hubiera encomendado hasta que finalice la misma o la fase del procedimiento judicial que la originara, si no es por decisión o con la autorización del juez o fiscal competente". Igualmente, los jueces y fiscales competentes controlarán la actuación de los miembros de las unidades de policía judicial, en cuanto a la forma de efectuarlas y a sus resultados, y podrán instar la acción disciplinaria.

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