Las organizaciones de consumidores anuncian pleitos contra Kodak por las 'instant'
El plazo para devolver las máquinas Kodak instant finaliza el próximo 31 de este mes de octubre, después de que la filial española de la multinacional norteamericana Eatsman Kodak Company decidiera prorrogar el plazo inicialmente fijado entre el 10 de enero y el 30 de junio al comprobar que a pesar de la difusión dada a la noticia, no todos los compradores de estas máquinas se habían enterado de que la firma había dejado, de fabricar el material de repuesto necesario para hacerlas funcionar. Cálculos aproximados cifran el número de máquinas de este modelo Vendidas en España en unos 400.000 desde que se inició su comercialización, en el año 1976.La multinacional norteamericana puso en marcha el programa de compensaciones a los usuarios de estas máquinas en cuanto tuvo conocimiento de la sentencia de la corte de distrito de Massachussets favorable a la firma Polaroid, pero dejó a la decisión de cada sociedad filial el modo concreto de realizar la compensación en su ámbito. En algunos países, como Francia, República Federal de Alemania y Reino Unido, Kodak ofrece dos posibilidades: un lote de productos de la marca de valor equivalente a la máquina retirada, o el importe en efectivo de lo que el aparato costó en el momento de su adquisición.
Seis opciones
En España, sin embargo, se ha ofrecido a los usuarios un lote de productos Kodak, de diferente composición según el valor de la maquina, pero no la posibilidad de cobrar el dinero pagado por ella. En España se comercializaron hasta 20 modelos diferentes de Kodak instant, cuyo precio medio se situaba en las 6.200 pesetas. El lote de compensación que la empresa ofrece consta de una máquina de fotografiar sencilla, dos o más películas y dos o más vales de revelado. El usuario puede optar entre seis lotes valorados entre las 6.200 pesetas el menor y una cantidad que lega a las 11.400 pesetas y supone el lote mayor.La FOCC considera que la venta de un producto constituye un contrato que en este caso ha resultado ser nulo al no poder hacer frente la parte vendedora a los compromisos contraídos en él, concretamente, el suministro del material necesario para que la máquina funcione. "En Derecho, la nulidad obliga a que las partes se restituyan las cosas objeto del contrato, con sus correspondientes intereses", explica Manuel Cárdenas, abogado de la FOCC.
El abogado explica que la Ley de Defensa de los Consumidores confiere a la FOCC capacidad para representar a los usuarios ante los tribunales, y que en este caso los pleitos son gratuitos y además pueden acumularse en un mismo proceso por tratarse de la misma demanda y el mismo demandado. "Creemos que es justo que el usuario español reciba el mismo trato que el de otros países y esperamos que Kodak se avenga a ello sin necesidad de acudir a los tribunales", manifestó Manuel Cárdenas.
Manuel García Benito, director de planificación de Kodak SA, mostró su sorpresa ante el anuncio de la FOCC, "cuando faltan apenas unos días para que concluya el plazo de reclamaciones". García Benito destacó que la empresa ha hecho un gran esfuerzo publicitario para hacer conocer a los usuarios la posibilidad de canje, y restó importancia al hecho de que no se ofreciera la restitución del precio, indicando que la compañía se mostraba muy flexible con los u uarios a la hora de determinar el contenido del lote.
"Nos hemos dirigido a 151 asociaciones de consurnidores de toda España explicando el programa y creemos que ha sido bien aceptado. Es cierto que en algunos países se ha delmelto el dinero, pero en otros, como es el caso de Italiano se ha hecho", añadió. Manuel García Benito se declaró abierto al diálogo pero reiteró su criterio de que la compensación fijada es justa y que, por, tanto, no cree necesario modificarla.
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