El fisco recibirá el día 15 la relación de intereses pagados
La banca, que recurrió al Tribunal Constitucional en un último intento por salvaguardar su secreto fiscal, se ha comprometido con Hacienda a completar el próximo lunes las listas de intereses pagados a su clientela durante el año 1985. Sólo a partir de entonces, el fisco podrá verificar las últimas declaraciones presentadas por contribuyentes con dichos ingresos del capital. A partir de este momento, tales rentas empezarán a recibir un trato menos discriminatorio que las del trabajo.Antes de formular el recurso de amparo ahora desestimado por los intérpretes de la Constitución, la banca se había resignado parcialmente a cumplir en el futuro tales obligaciones de información fiscal. La resistencia unánime ofrecida por bancos y cajas de ahorro desde que entró en vigor el actual impuesto sobre la renta, en 1978, no encontró el respaldo buscado en otras instancias administrativas y judiciales, entre ellas la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo. Pero quedaba al menos una duda que acaba de zanjar el Tribunal Supremo: si también deberían ser facilitadas las listas nominales de intereses pagados a,la clientela entre 1980 y 1985.
Argumentos
El principal argumento esgrimido por la banca fue superado por primera vez con la entrada en vigor de la ley de activos financieros, promulgada en mayo de 1985. La banca mantuvo hasta entonces que, si bien debía prestar alguna colaboración al fisco cuando la inspección. reclamará el saldo de una determinada ocuenta -las dudas al respecto quedaron despejadas por el Tribunal Constitucional ante el recurso de un particular-, no estaba obligada legalmente a facilitar las listas de todos y cada uno de sus perceptores de intereses. Pero la citada ley, además de reafirmar la posibilidad de iripeccionar una cuenta, consagró la obligación de que los intermediarios financieros entreguen regularmente las listas de perceptores de intereses.
La resignación de la banca ante la quiebra de sus posiciones jurídicas era, sin embargo, parcial. De un lado, gran parte de las entidades bancarias entendieron que la ley de activos financieros sólo las obligaba a entregar las listas a partir de mayo de 1985, momento de su entrada en vigor; en consecuencia, la pasada primavera facilitaron al fisco las relaciones de siete meses, con las cuales la inspección no podría cruzar dichos datos y los proporcionados por cada contribuyente, relativos al ejercicio completo. Por otra parte, había que esclarecer si el Tribunal Constitucional mantenía los criterios del Tribunal Supremo respecto a las listas del período 1980-1985; así, la banca decidió presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.. Formalmente, los bancos no discutían sus obligaciones de cara al futuro; sólo iban contra la presentación de listas relativas al primer quinquenio de esta década. Pero albergaban la esperanza de que los intérpretes de la Constitución, al precisar y desarrollar una doctrina inicial que conectabael secreto bancario con la intimidad personal, se pronunciaran claramente a su favor.
En cuanto a las listas sobre el año 1985, Hacienda les amenazó con saciones antes del pasado verano si en 10 días no entregaban la información por todo el ejercicio completo. Vencido el plazo, las conversaciones mantenidas a principios de julio terminaron con el acuerdo de que el próximo 15 de septiembre entregarían también la información de los, cinco primeros meses. Fuentes de la Asociación Española de la Banca informaron ayer que este acuerdo será cumplido.
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