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TRIBUNALES

Presuntas irregularidades en los contratos laborales de presos de la cárcel de Alcalá

La sección abierta del centro penitenciario de Alcalá de Henares estableció en mayo de este año relaciones laborales de dudosa constitucionalidad, de las que la oficina del Instituto Nacional de Empleo (Inem) de Alcalá tenía conocimiento. Estas relaciones laborales las establecía el centro penitenciario con las empresas en nombre del recluso, que en el mismo contrato de trabajo firmaba su aceptación de las condiciones laborales.

Estos contratos impresos, en los que figura el membrete de la prisión, eran ratificados por los directores de la empresa y el centro penitenciario con su firma y los sellos de ambos establecimientos. Además firmaba el enterado del contrato el recluso al que afectaba el mismo.El documento era presentado en la oficina del Inem, que estampaba un sello en el que hacía constar que esa diligencia no suponía que el organismo laboral se pronunciara sobre el contenido del contrato.

Entre las cláusulas del documento en el que se establece la relación laboral llama la atención la siguiente: "Nuestro interno sabe, y así lo ha aceptado, que su primordial DEBER [figura en mayúsculas en el original] es demostrar en la empresa, como parte de la sociedad en la que debe ajustarse, la actitud cívica y capacidad laboral que facilite la llegada de su libertad".

"Tiene conciencia nuestro interno de que su deber., ante el empresario, es INTENTAR, QUEDAR COMO EL MEJOR OBRERO".

"Tiene conciencia clara de que por SUS DERECHOS estamos velando usted, corno empresa, y nosotros. Confiado en nuestro honor y en nuestra honradez, el interno que usted acepta no le planteará ninguna reivindicación laboral, conflictos económicos, ni participará en ninguna, actitud dudosa frente a la empresa, de carácter colectivo o individual".

Un portavoz del Ministerio de Trabajo, al tener conocimiento del contrato, señaló: "Es ilegal. No tiene explicación alguna".

Un solo caso

El director de la sección abierta del centro penitenciario, Jesús Calvo, precisó que el contrato se ha usado únicamente en un caso, que habitualmente estos impresos no se utilizan porque ya no tienen vigencia, y que si se empleó en la ocasión mencionada fue porque se habían agotado los impresos correctos.Fuentes jurídicas, sin embargo, han señalado que estos contratos han sido utilizados en más ocasiones, sin precisar el número, y que los reclusos de la sección abierta no se atreven a denunciar ninguna de las irregularidades que, según estas fuentes, existen por temor a que se les restrinjan o eliminen los permisos de fin de semana o para salir a trabajar.

Concretamente, y siempre según estas fuentes, en una empresa de 24 trabajadores radicada en Alcalá de Henares, de los que 11 eran internos de la prisión abierta, los obreros eran obligados a sacar el trabajo mediante horas extraordinarias. Al poco tiempo; la empresa comunicó verbalmente a los trabajadores que no había más trabajo, por lo que les despedía, y el centro les volvió a internar, lo que en principio es ilegal.

Sólo uno de los internos, Antonio Buendía, presentó demanda por despido. El resto de los reclusos empleados y despedidos, según esta versión, no se atrevió a hacerlo por temor a represalias. Coincidiendo con la fecha en la que la dirección de la prisión tuvo conocimiento de que Buendía había presentado demanda por despido, al citado recluso le fue notificada una sanción que le impedía salir del centro penitenciario.

Buendía había conseguido otro trabajo por su cuenta, pero al no poder salir de la cárcel lo perdió.

El director del centro negó que la sanción impuesta a Buendía fuera una represalia por reivindicar sus derechos laborales, sino por otros motivos que no quiso revelar, por respeto al interno, según dijo. Respecto a la pérdida del empleo conseguido por Buendía, el director puntualizó que se trataba de un trabajo nocturno, lo que no es compatible con su situación de recluso, ya que, como todos sus compañeros, tiene una limitación de horarios.

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