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La Generalitat prima la representación de los municipios rurales en los órganos de gobierno de las cajas

Andreu Missé

, Los municipios de las zonas rurales (con predominio de Convergència i Unió) obtendrán una representación privilegiada frente a Barcelona y las grandes poblaciones del cinturón industrial (gobernadas por la izquierda) en los órganos de gobierno de las cajas, según el proyecto de reglamento, elaborado por la Generalitat, que desarrolla las leyes estatal y autonómica sobre estas entidades. El proyecto establece también que la representación del 51% correspondiente a las entidades fundadoras de carácter público, como la Diputación de Barcelona en la Caixa de Catalunya, se fijará de forma que "refleje su propio pluralismo político", lo que se ha interpretado por la oposición como una politización de las cajas.

El proyecto establece los criterios que deberán aplicar las entidades en la elaboración de sus propios estatutos para determinar los municipios que tienen derecho a designar consejeros generales.Según el proyecto, las cajas podrán optar entre un sistema de distribución territorial y un sistema mixto, territorial y por sorteo. La distribución territorial se aplicará en las comarcas y circunscripciones en las que la caja tenga establecidas sucursales. En Cataluña se tendrá en cuenta la distribución comarcal que estableció la Generalitat el 23 de diciembre de 1936, quien divide la comunidad en 38 comarcas. Fuera de Cataluña, las sucursales de las cajas catalanas se agruparán por circunscripciones provinciales.

Las comarcas o circunscripciones y municipios se ordenarán según el número de sucursales y en caso de igualdad según la población. Comenzando por la comarca donde radique la sede central y siguiendo el orden de mayor a menor se designará un municipio por cada circunscripción. El procedimiento se repite, también de mayor al menor, hasta completar el número de plazas reservadas al grupo municipal. Además, cada circunscripción deberá tener al menos un municipio representado en la asamblea.

Según la ley estatal, que es la aplicable en este caso, los municipios tendrán una participación del 40% en los consejeros generales cuyo número determinará los estatutos entre un mínimo de 60 y un máximo de 160. Es decir, la representación municipal oscilará entre 24 y 64 consejeros generales. Ello significa que en la mayoría de las cajas sólo existirá un representante municipal en cada comarca, con independencia del volumen de su actividad.

Esta distribución supone que en el caso de La Caixa, por ejemplo, el Ayuntamiento de Barcelona tendría un solo representante por un municipio que cuenta con unas 230 oficinas, al igual que los consistorios de Cervera, Puigcerdá, Solsona y Sort, que con una oficina dispondrían de un representante cada una. Es decir, las comarcas del Barcelonés y el Baix LLobregat, con unos 3 millones de habitantes y el 75% del ahorro de las cajas, tendrían un representación inferior al 10%. Una interpretación estricta del artículo 38 del reglamento puede considerar incompatible que el representante de una entidad que esté representada en el consejo de administración de otra caja. Ello podría impedir al Ayuntamiento de Barcelona estar presente en más de una entidad.

El alcalde de Barcelona, Pasqual Maragall, había ofrecido al conseller de Economía y Hacienda, Josep Maria Cullell, la formación de una comisión mixta de expertos para que elaborase un reglamento que recogiese el espíritu de las leyes estatal y autonómica, ambas recurridas ante el Tribunal Constitucional. El corte radical del reglamento ha sido una respuesta inesperada a la oferta del alcalde. Para algunas fuentes lo que se pretende es provocar un nuevo recurso ante el Tribunal Constitucional para ganar tiempo hasta que el alto tribunal decida sobre las leyes recurridas y retardar el recambio en los órganos de gobierno de las cajas.

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