Censo electoral
En EL PAÍS del domingo 1 de junio, en las páginas de política, se ha publicado un artículo, sin firma, sobre la abstención en las próximas elecciones, que figura encabezado con El censo electoral, sobredimensionado con jóvenes de 16 a 17 años. Dicho artículo contiene errores importantes sobre el censo electoral, que pudieran haberse obviado si se hubiese consultado previamente con la Oficina del Censo Electoral, creada en la ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, y encuadrada en el Instituto Nacional de Estadística.A continuación paso a informarle de los errores en cuestión:
1. De acuerdo con la ley de Régimen Electoral General, en las listas del censo aparecen, efectivamente, los españoles de 16 y 17 años, en la fecha de referencia del censo, con la calificación de menor. De ellos podrán ejercer el derecho de sufragio aquellos que el día de las elecciones hayan cumplido 18 años (hecho que tendrán que demostrar con el carné de identidad, que, como es sabido, ha de exhibirse para demostrar la personalidad de votante).
Al hacer el recuento de electores, en cada mesa electoral se tienen en cuenta sólo aquellos menores que han adquirido ya la calidad de elector. Dicha cifra se facilita en cada mesa por la Oficina del Censo Electoral y sus delegaciones provinciales.
2. Una vez descontados los menores, la cifra de electores al 22 de junio próximo asciende a 28.981.920 residentes en España, a los que debe sumarse la cifra de 258.964 residentes ausentes que viven en el extranjero, y a los que se remite la documentación precisa para que puedan ejercer el voto por correo.
En resumen, la cifra total de electores al 22 de junio es de 29.240.884, y no la que se indica en el artículo, de 29.025.494 de llamados votantes potenciales.
3. No es cierto que el censo electoral oficial haya permanecido inalterado desde 1979.
En 1981, con referencia al 1 de marzo -fecha del último censo de población-, se llevó a cabo una renovación del censo electoral. Este censo se ha rectificado, con las oportunas bajas y altas, con referencia al 31 de marzo de los años 1982 y 1985, habiendo sido expuestas las listas electorales al público para su reclamación en cada una de las rectificaciones indicadas.
En las elecciones locales y autonómicas celebradas en los últimos años, así como en el pasado referéndum de febrero, se han venido empleando listas electorales deducidas de la renovación de 1981 y convenientemente rectificadas.
En concreto, las listas electorales que se utilizaron en el referéndum, y que se emplearán el próximo 22 de junio, están referidas al 31 de marzo de 1985.-
Director general del Instituto Nacional de Estadística.
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