Control de la opinión
En el número 140 de la edición internacional de EL PAÍS aparece por primera vez el requisito de acompañar las cartas al director con información detallada respecto a los remitentes, incluyendo identificación de tipo policial, como el número del documento nacional de identidad o del pasaporte. Le confieso que, sin explicación, este requisito sugiere un control de la opinión poco halagúeño para ciudadanos que han vivido largamente en un Estado contrario a la libertad de expresión, Estado cuya sombra se proyecta todavía en la forma de delitos de apología del terrorismo y en las disposiciones que obstaculizan y pueden llegar a penalizar la labor periodística (recuérdese a Xavier Vinader).Como toda censura, tales disposiciones alcanzan su efecto no tanto en el número mayor o menor de represiones cuanto en la extensión e intensidad de la supresión quela disposición como tal impone a la opinión. Tampoco puede tranquilizar, tras la exigencia de proporcionar los datos personales y civiles del autor, la de que las cartas destinadas a esta sección vayan firmadas (se entiende de puño y letra). ¿Acaso pueden ser utilizadas para incriminar al remitente en su debido momento?
Es posible que nada de esto encierren las nuevas y sorprendentes exigencias de EL PAÍS a sus corresponsales. Sin embargo, la creciente tendencia a utilizar los recursos de la informática para controlar a los ciudadanos (léasela noticia sobre los proyectos de ley del Gobierno de la RFA en el mismo número de EL PAÍS) hace harto incómoda la reciente normativa del diario, en tanto se mantiene a los lectores ignorantes del porqué de tal disposición, perfectamente gratuita por lo que se refiere a la simple expresión de opiniones más o menos concisas.-
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