Hacienda suprime el IVA para las guarderías infantiles
La Dirección General de Tributos está ultimando la respuesta a una consulta vinculante por la que se consideran exentas del impuesto sobre el valor añadido (IVA) a las guarderías infantiles. La interpretación de que tendrían que soportar el impuesto había suscitado fuertes protestas en el sector, que se consideraba discriminado con respecto al resto de la enseñanza, actividad ésta exenta. Por otra parte, las campañas de inspección y la entrada en vigor del IVA han producido espectaculares efectos. En enero se han solicitado 300.000 licencias fiscales, pero la incidencia final sobre los contribuyentes ocultos será mucho mayor, ya que la mayoría de empresarios, profesionales y agricultores tienen de plazo hasta el 20 de abril para presentar la primera liquidación del IVA.
Las guarderías infantiles estarán exentas de cotizar el IVA, según el contenido de una consulta vinculante cuya redacción está ultimando la Dirección General de Tributos. La nueva interpretación de Hacienda asimila esta actividad a la de enseñanza, exenta del impuesto. La orden ministerial de 23 de diciembre de 1985, publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 30 de diciembre, establecía unos módulos para los jardines de infancia que se acogieran al régimen simplificado de 83.000 pesetas por empleado y año, 200 pesetas por metro cuadrado del local y 900 pesetas por cada plaza infantil.Al régimen simplificado pueden acogerse las personas físicas que sean titulares de un negocio cuya facturación anual no sobrepase los 50 millones de pesetas. Para el resto de las guarderías infantiles el tipo de recargo sobre factura era el general del 12%. El sector agrupa a unos 8.000 centros privados en los que trabajan 40.000 personas.
Las protestas del sector prosperarán finalmente y, de hecho, la Dirección General de Tributos había tomado la decisión incluso antes de la presentación de la consulta vinculante por parte de la Asociación Nacional de Guarderías Infantiles. Fuentes de Hacienda declararon ayer que esta consideración de asimilarla a la exención prevista para la enseñanza parece lógica y que el hecho de que la resolución antes citada se expresara en contrario no supone ningún impedimento, puesto que una orden ministerial no puede interpretar el sentido de la ley ni del decreto de reglamento del IVA.
En el primer mes de vigencia del IVA, la Dirección General de Tributos ha recibido cientos de consultas sobre la aplicación del impuesto en numerosos supuestos concretos, cuyas contestaciones insisten generalmente en la aplicabilidad según los términos del reglamento. Sin embargo, la mayoría de las respuestas son a título meramente informativo, sin que condicionen en el futuro a Hacienda.
Sólo las consultas vinculantes, como en el caso de las guarderías infantiles, determinan la aplicación del impuesto. Este tipo de solicitudes de información están previstas en el artículo 53 de la ley de Presupuestos y el plazo de presentación finaliza el 30 de junio. Están, no obstante, reservadas exclusivamente a organizaciones o entidades legalmente reconocidas.
También las agencias de viajes tienen pendientes una respuesta, ya que el régimen fiscal especial establecido, con la diferenciación entre minoristas y mayoristas, planteaba numerosas dificultades. En este caso, según una explicación previa no vinculante, el sistema es que apliquen y liquiden el IVA según la proporción de factura de un servicio compartido. Los farmacéuticos tienen pendiente una reclamación, basada en que la entrada en vigor del IVA les supone una reducción de su margen comercial, que había sido prefijado anteriormente por el Gobierno.
Control fiscal
El efecto psicológico del IVA como mecanismo eficaz de control fiscal está teniendo espectaculares resultados. Según fuentes de Hacienda, en el mes de enero, aún en cifras provisionales, se han producido 300.000 solicitudes de nuevas licencias fiscales. De este total, aproximadamente la mitad corresponde a personas que pasan a engrosar el censo de contribuyentes. El resto son titulares de negocios ya dados de alta que diversifican o inician nuevas actividades. Madrid y Barcelona han sido las delegaciones que han recibido mayor número de solicitudes, con 65.000 y 60.000, respectivamente, sólo en la primera quincena de enero.
El número total de empresarios, profesionales y agricultores controlados por Hacienda ha crecido de 2.650.000 registrados en septiembre del pasado año a unos tres millones en la actualidad. La recuperación de contribuyentes hasta ahora ocultos para el fisco, fundamentalmente ubicados en los sectores de pequeñas empresas, profesionales y agricultores, no podrá ser cuantificada definitivamente hasta el 20 de abril, fecha límite para la presentación de la primera liquidación trimestral del IVA. En esta primera veintena de febrero sólo presentarán su declaración mensual exportadores y las empresas que facturan más de 1.000 millones de pesetas anuales.
En los últimos días se han conocido casos como los de 100 empresas del calzado en Elche y otras 800 en Murcia que negocian su paso de la clandestinidad a la transparencia fiscal. El ritmo actual de emergencia de contribuyentes ocultos puede dar una cifra final próxima al millón, aunque Hacienda se niega a hacer estimaciones. En ese caso, la previsión moderada de recaudar 1,355 billones de pesetas por IVA, se verá rebasada hasta superar ampliamente 1,5 billones.
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