La Audiencia Nacional plantea cuestión de inconstitucionalidad sobre la ley de objeción
La Audiencia Nacional ha planteado ante el Tribunal Constitucional cuestión de inconstitucionalidad por el carácter ordinario y no orgánico de la ley de Objeción de Conciencia (LOC) y por la negativa de la citada ley a reconocer el derecho de objeción durante la prestación del servicio militar (la llamada objeción sobrevenida). El Movimiento de Objeción de Conciencia (MOC) ha expresado su satisfacción por el auto dictado por la Audiencia Nacional, que viene a apoyar, en su opinión, las repetidas denuncias de los objetores sobre la inconstitucionalidad de la ley que regula la objeción de conciencia.El recurso ante la Audiencia fue interpuesto por Jesús Carlos Sánchez Laucerica, uno de los primeros soldados que solicitaron acogerse, el pasado mes de mayo, al derecho de objeción de conciencia durante la mili. Según el auto de la Audiencia, el artículo 1.3 de la LOC -que no admite la objeción sobrevenida- plantea dudas en cuanto a su constitucionalidad, por si pudiera infringir determinados artículos de la Constitución (el 16.1 y el 53.1) que regulan derechos y libertades de las personas. La Audiencia Nacional se hace eco de una sentencia del Tribunal Constitucional (15 / 1982, de 23 de abril) en la que se afirma que el derecho de objeción de conciencia es un derecho reconocido explícita e implícitamente en el ordenamiento constitucional español", que debe ser regulado por ley, pero no para reconocerla, sino para hacerlo en términos que permitan su plena aplicabilidad y eficacia".
Según los abogados y miembros del Movimiento de Objeción de Conciencia, Juan Ortega Almendro y Juan Carlos Rois, esta decisión de la Audiencia Nacional confirma la duda sobre la constitucionalidad del artículo 1.3 de la LOC, que no admite la objeción sobrevenida. Otra consecuencia positiva, según el MOC, es que "hasta tanto recaiga una resolución del Tribunal Constitucional, ante casos similares, lógicamente deberá concederse la suspensión de la prestación del servicio militar" (negada en otro tiempo a Laucerica y a Manuel María Odriozola -otro solicitante de la objeción sobrevenida-, quienes ya han terminado la mili). El Defensor del Pueblo presentó recurso de inconstitucionalidad, en mayo de 1985, contra la citada ley.
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