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El agua es, a partir de ayer, un bien de dominio público

El agua es, a partir de ayer, un bien de dominio público, con la entrada en vigor de la nueva ley de Aguas, aprobada el pasado 2 de agosto y publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado. La definición de dominio público se refiere a todo tipo de aguas continentales y elimina la facultad de apropiarse de las aguas subterráneas en los terrenos de una finca. En lugar de propiedad de aguas subterráneas existirá, según el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo (MOPU), una concesión de la Administración siempre que se utilice un volumen mayor de 7.000 metros cúbicos al año.Al desaparecer la capacidad de prescripción administrativa por uso durante 20 años, los actuales usuarios disponen de un plazo de tres años para presentar el acta de notariedad. La ley reorganiza asimismo los servicios de la administración hidráulica y crea un organismo gestor del recurso en cada cuenca hidrográfica general, que mantendrá el nombre de Confederación Hidrográfica en las cuencas que comprenden áreas de distintas comunidades autónomas.

Esto permitirá, según el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, una visión unitaria de todos los recursos hidráulicos de la cuenca y, mediante la planificación de los usos y los estudios técnicos precisos, protegerá los acuíferos subterráneos de la sobreexplotación que, en muchos casos, podría ocasionar una salinización de las aguas por la intrusión marina. La ley refuerza el papel de las comunidades de usuarios y prevé la revisión de las ordenanzas de las Confederaciones Hidrográficas para adaptarlas a los principios constitucionales de estructura democrática.

Las normas que definan los ámbitos geográficos de los organismos de cuenca permitirán a las comunidades autónomas decidir su nivel de incorporación a los organismos de gestión y planificación.

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