La Comunidad adopta un nuevo regimen para los camioneros
El Consejo de Ministros de Transporte de la CEE aprobó ayer una nueva reglamentación social para los conductores de camiones que entrará en vigor en septiembre de 1986. El titular español, Abel Caballero, solicitó una prórroga de dos años para aplicar el nuevo régimen en España, demanda que será examinada en los próximos días.
La nueva reglamentación -aún demasiado penosa para los conductores en opinión de la Comisión- supone que éstos no podrán estar al volante más de 4.30 horas seguidas, ni más de 10 horas diarias. El reglamento establece que los conductores no deberán conducir más de seis días por semana o más de 56 horas semanales, ni tampoco más de 90 horas cada catorce días.En términos de descansos, son obligatorios 45 minutos para cada 4.30 horas, lo que significa dos o tres interrupciones de la conducción al día, de las cuales una será de ocho horas consecutivas. Un conductor de transporte de viajeros podrá trabajar 12 días, consecutivos, pero sólo una vez al año.
En cuanto a los contingentes comunitarios de transporte por carretera para 1986, España pidió aumentar la oferta que le hizo la CEE de 673 a 741 licencias (de un total de 7.437 para los doce). Lo importante, señaló Caballero, no es el número en sí, "sino que a partir de ese nivel se fijarán los dos años sucesivos".
Estos contingentes representan menos del 10% del transporte de mercancías por carretera que circula en la CEE, que lo hace, en su mayor parte, a través de licencias negociadas bilateralmente entre los países. La Comisión quiere suprimir para 1988 estos contingentes, reemplazándolos por unas licencias que desaparecerían en 1991 con la total liberalización de los transportes.
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