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El juez considera probado que la policía espía a los partidos, pero que, según el Supremo, eso es licito

Carlos Yárnoz

José María Vázquez Honrubia, juez instructor de la causa sobre el espionaje político, afirma en el auto de archivo de las diligencias que "una sección de la Brigada de Interior creó una verdadera infraestructura de información de las actividades de Alianza Popular" en todo el territorio nacional. Vázquez Honrubia reconoce que la policía hace espionaje político. Agrega, sin embargo, que, a la vista de que el Tribunal Supremo excluyó de responsabilidad al Gobierno, "parece deducirse que las actividades de la Brigada de Interior no pueden considerarse ilícitas".

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El magistrado afirma que se ha sentido solo

El auto en el que el juez decreta el archivo del sumario fue entregado en la mañana de ayer a los representantes de los partidos políticos querellantes -AP, PCE y PDP- y de la Dirección General de la Policía. En dicho escrito, se describen brevemente las diligencias practicadas desde que AP presenté el pasado 14 de mayo una querella contra quienes hubieren espiado asuntos internos del partido.En su escrito, de siete folios de extensión, el juez recuerda en el capítulo de Hechos que, puesto que él creyó que en el caso estaban presuntamente implicados el vicepresidente del Gobierno, el ministro del Interior y el diputado socialista Eduardo Martín Toval, envió el sumario a la Sala Segunda del Tribunal Supremo -competente para juzgar a ministros y diputados-, pero añade que dicho tnibunal dictó un auto el pasado 12 de julio en el que exculpaba totalmente a los citados.

Agrega el juez que Consuelo Madrigal, nueva fiscal del caso -el anterior, Carlos Ladrón de Cegama, dimitió por problemas derivados del auto del Supremo, ya que defendió que había indicios de culpabilidad en el Gobierno-, no se ha referido en ninguno de sus informes a si hay o no delitos en las actuaciones policiales cuando éstas están encaminadas a lograr información interna de partidos políticos.

Red nacional de espionaje

En el capítulo de Fundamentos Jurídicos, el magistrado recuerda que el Tribunal Supremo no sólo dijo que no había indicios de criminalidad en el Gobierno, sino que añadió que no aparecían "posibilidades de futura implicación delictiva" de los citados miembros del Gobierno y diputado.Sin embargo, el magistrado deja sentado que la Brigada de Interior "creó, una verdadera infraestructura de información de las actividades de AP", hecho que, según el auto, se deduce de las continuas visitas de policías a la sede del partido conservador, la colocación en dicha sede de un ex confidente por recomendación polícial y otras oircunstancias similares. Los informes policiales sobre AP -de los que 180 fueron intervenidos por el propio juez en la citada brigadaeran distribuidos por el "cauce jerárquico reglamentario", según reconoció un funcionario policial interrogado. Es decir, los informes eran enviados a altos cargos del Ministerio del Interior.

El contenido de los 180 informes citados "refleja evidentemente la existencia de una información policial elaborada por la repetida brigada, independientemente de la trascendencia o valor de su contenido", precisa el juez en su escrito. Informes de este tipo procedentes de Segovia, Badajoz, Zaragoza y otras provincias figuran entre los que intervino el juez, y en ellos la policía se refiere a "personas elegidas para la ejecutiva local y provincial del partido, pasando por el malestar y tensiones entre miembros de algunas de dichas ejecutivas, hasta información en triplicado ejemplar de los preparativos, problemas internos, candidaturas preparadas y sus apoyos...".

Todos estos datos hacen pensar al juez que puede haber indicios de responsabilidad criminal -por violación de secretos y descubrimiento y revelación de los mismos- en funcionarios y mandos policiales. No obstante, el magistrado recuerda que la Dirección General de la Policía, en escrito íncorporado al sumario, ya reconocía que se hacía información policial sobre partidos políticos "según concepto, universal y moderno en un Estado de Derecho", a pesar de lo cual el Tribunal Supremo declaró que no había indicios de responsabilidad alguna en el titular de Interior.

Por todo ello, el juez afirma en el apartado quinto del auto que .parece deducirse, por un razonamiento lógico-jurídico, que las actividades realizadas por los miembros de la brigada de Interior no pueden considerarse ilícitas, sino propias de las funciones y misiones que tienen encomendadas".

Vázquez Hónrubia asegura que no se le escapa que este razonamiento puede crear "reticencias o desazón, sobre todo ante lo que la Dirección de la Policía califica de concepto universal y moderno de los servicios de información", pero precisa que "no es menos cierto que los partidos personados en esta querella, por tener representación parlamentaria, pueden en su caso debatir en esfera distinta a la jurisdiccional los límites y control de dichos servicios".

Por todo ello, el magistrado dispone que no se practiquen nuevas diligencias y decreta el archivo del sumario.

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Sobre la firma

Carlos Yárnoz
Llegó a EL PAÍS en 1983 y ha sido jefe de Política, subdirector, corresponsal en Bruselas y París y Defensor del lector entre 2019 y 2023. El periodismo y Europa son sus prioridades. Como es periodista, siempre ha defendido a los lectores.

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