El Parlamento andorrano facilita a los hijos de los residentes la adquisición de la nacionalidad
El Consell General, órgano legislativo del Principado de Andorra, aprobó ayer por mayoría una propuesta de modificación del Código de la Nacionalidad Andorrana con el fin de equiparar los derechos del hombre y de la mujer, de una parte, y los de las pubilles (hijas herederas) y los del resto de las mujeres, de otra. La nueva normativa facilita a los hijos de residentes la adquisición de la nacionalidad.
Los hijos de extranjeros nacidos después del 1 de enero de 1975 podrán ser andorranos si al menos uno de los miembros de la pareja puede acreditar que ha residido de forma efectiva e ininterrumpidamente en el Principado en los últimos 25 años. Asimismo, el Consell acordó rebajar la mayoría de edad civil y política a los 18 años, lo que incrementará el censo electoral en un 20%. aproximadamente y lo situará cerca de los 5.000 votantes.También se pretende erradicar una serie de agravios comparativos entre las personas de distinto sexo, entre las mujeres andorranas -cuyos derechos en la actualidad varían en función de si son pubilles o no-, y entre los nacidos de padres extranjeros antes y después del 1 de enero de 1975.
Con la entrada en vigor de la reforma, prevista para septiembre -una vez que haya obtenido la aprobación de los representantes permanentes de los copríncipes-, las condiciones exigidas para otorgar la nacionalidad andorrana a los extranjeros casados con una mujer andorrana no variarán en función de si ésta es pubilla o no.
Los requisitos exigidos al marido para obtener la nacionalidad son los mismos: haber residido ininterrumpidamente durante tres años en el Principado y efectuar una declaración notarial de su voluntad de obtener la nacionalización.
La normativa aprobada ayer permitirá ser andorranos a los hijos nacidos en el extranjero de "madre andorrana" nacida también en el extranjero, una posibilidad que hasta ahora se reservaba únicamente a los hijos de "padre andorrano".
Pero la reforma acordada ayer por el Consell General no varía sustancialmente la actitud restrictiva que ha inspirado la actuación de las autoridades del Principado. En Andorra residen actualmente unas 45.000 personas, de las que tan sólo unas 12.000 gozan de la nacionalidad andorrana.
Las fuentes consultadas justifican la mencionada actitud en la necesidad de preservar "los usos y costumbres de los valles de Andorra". En este sentido, el Código de la Nacionalidad, en su artículo 29.2, otorga poderes discrecionales al Consell General para conceder o no la nacionalidad.
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