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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El espia que surgió del Intetior

EL JUEZ Vázquez Honrubia, encargado de instruir las diligencias sobre el supuesto espionaje policiaco sufrido por Alianza Popular, ha elevado las actuaciones sumariales al Tribunal Supremo. La querella había invocado los preceptos del Código Penal que castigan a los que impidieren el legítimo ejercicio de la libertad de asociación o pertubaren las actividades de cualquier asociación lícita (artículo 172), al funcionario público que registrare los papeles de un súbdito español y los efectos de su domicilio (artículo 191) y a quien se apoderare de los papeles y cartas de otro para divulgarlos (artículo 497). Al parecer, el juez ha ampliado los posibles tipos delictivos al incluir los artículos 367 y 368 del Código Penal, que sancionan a los funcionarios que revelaren los secretos de que tengan conocimiento por razón de su oficio o descubrieren los secretos de un particular.La decisión, favorablemente informada por el fiscal, de remitir las actuaciones al Tribunal Supremo permite deducir que el magistrado tiene fundada sospecha de que existen responsabilidades penales en el asunto; de otro modo, hubiese dado carpetazo al caso. La segunda deducción firme es que los presuntos autores, cómplices o encubridores de esos, comportamientos delictivos no son exclusivamente algunos cargos del Ministerio del Interior (Jesús Martínez Torres, comisario general de Información, o Alberto Elías, jefe de la Brigada de Interior) u otros funcionarios del cuerpo de policía, ya que en ese supuesto el juez de instrucción hubiese proseguido normalmente las diligencias hasta solicitar, llegado el caso, los correspondientes autos de procesamiento a la Audiencia Provincial, dado el fuero especial de la policía. La Constitución reserva el fuero procesal de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para los miembros del Gobierno y los diputados y senadores. La tercera conclusión es que el vicepresidente Alfonso Guerra, el ministro Barrionuevo, el diputado Martín Toval y el director general de la Policía, Rafael del Río, cumplen el do

ble requisito de hallarse aforados en el Tribunal Supremo y de haber sido citados como testigos en la querella.

Las actuaciones del magistrado Vázquez Honrubia pueden ayudar así a arrojar alguna luz jurídica sobre una cuestión eminentemente política, ante la que el Gobierno y el partido en el poder han venido actuando de manera casi vergonzante. En los debates celebrados en el Congreso sobre el supuesto espionaje contra partidos y asociaciones legales, Barrionuevo y el portavoz Sáenz de Cosculluela rivalizaron en la tarea de perderse por los cerros de Úbeda para no contestar a las interpelaciones de la oposición conservadora. La negativa del Grupo Parlamentario Socialista a formar una comisión de encuesta para investigar el asunto esgrimió el pretexto de que la querella de Alianza Popular la hacía innecesaria, como si las comisiones de encuesta en torno al síndrome tóxico o al asunto Flick no hubieran coexistido con la vía judicial. La resolución adoptada por el magistrado Vázquez Honrubia, sometido a una intolerable coacción por el director general de Policía mientras instruía el sumario -sin que el Gobierno haya reparado en lo más mínimo ese acto-, demuestra que la independencia judicial es una pieza básica de nuestro sistema democrático. Pero además pone de relieve que los intentos de suprimir la dimensión política de los conflictos mediante el procedimiento de reducirlos a la condición de litigios penales está condenada al fracaso.

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La noticia, ahora conocida, de que el fiscal ha instado acciones judiciales para averiguar la identidad de los autores de filtraciones a la Prensa o los fabricantes de documento sJalsos publicados por ésta parece apuntar al intento de que los periodistas revelen sus fuentes informativas ante los jueces o sean condenados por desacato o falta de auxilio a la justicia, como sucedió con el comisario Ballesteros. La idea de comparar el secreto profesional de un policía con el de un periodista es ominosa: los policías son colaboradores de los jueces, y sus fuentes no están legalmente protegidas ante ellos, como la Constitución protege a las fuentes de información de los periodistas. No es por azar o capricho: la libertad de Prensa es un bien público que debe ser protegido por las democracias, como parte integrante de la democracia misma. Si los periodistas no tuvieran protegidas la identidad de sus fuentes mucha información valiosa para la sociedad y para el ejercicio de la democracia sería hurtada a los ciudadanos por los poderes públicos. Sin ir más lejos, los reportajes sobre el espionaje a los partidos. Con ello se beneficiaría el poder y se perjudicaría la libertad de todos. Los periodistas tienen el deber moral de no revelar sus fuentes por ello. Porque lo que está en juego no es la credibilidad de los periódicos, sino la del Gobierno, y el aclarar si ha utilizado o no métodos ¡legales en la información sobre organizaciones o líderes políticos.

El riesgo de que la razón de Estado -una coartada en sí misma temible- se identifique con la razón de Gobierno y se confunda incluso con la razón de partido crece a medida que las mismas personas compatibilicen altas responsabilidades en esos distintos ámbitos y utilicen para propósitos partidistas y electoralistas las informaciones y el poder de sus cargos públicos.. Hasta que la Sala Segunda del Tribunal Supremo no se pronuncie, la presunción judicial de inocencia ampara a las personas eventualmente implicadas en el asunto del espionaje policial a los partidos. Pero es algo más que una presunción política la afirmación de que ningún demócrata puede disculpar o justificar que el Ministerio del Interior organice o tolere la existencia de servicios policiacos pagados por los Presupuestós Generales del Estado cuya misión sea vigilar, controlar y espiar a los partidos y líderes de la oposición parlamentaria (sea cual sea su ideología) para tener informado al Gobierno (sea cual sea su color político).

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