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TRIBUNALES

Anulado el auto que denegó el procesamiento de los policías acusados de maltratar a un abogado

La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado anular su resolución de 20 de mayo último, por la que se decretó que no había lugar al procesamiento de los policías acusados de causar malos tratos a varias personas, entre ellas al abogado Luis María Figueroa, que intervino en favor de unos detenidos en el barrio madrileño de Malasaña el 29 de abril de 1982. El tribunal ha estimado el recurso interpuesto por la acusación popular, que pidió la nulidad de las actuaciones, por haberse quebrantado el principio procesal de igualdad entre las partes, al haberse dado traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y no a la acusación popular.Contra el auto de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial que denegó el procesamiento de los policías (veáse EL PAÍS del 17 de junio de 1985) se interpuso, entre otros recursos, el de la acusación popular. Elena Arana Leza y varias personas más estimaron que el tribunal vulneró el artículo 24.1 de la Constitución y produjo indefensión, ya que la resolución que declaró no haber lugar al procesamiento de los policías se dictó sin escuchar a esta parte.

El nuevo auto, de 20 de junio último, anula el anterior y concede a las partes acusadoras un plazo de 10 días para alegaciones. Así pues, las actuaciones se retrotraen al momento en que se dio traslado al Ministerio Fiscal, el pasado 22 de febrero. La acusación popular fundamentará sus alegaciones en el voluminoso sumario remitido a la Audiencia por el juez Jesús Peces Morate, dada la condición de personas aforadas -esto es, que no pueden ser procesadas por el juez, sino por el tribunal superior- de los policías presuntos autores de los malos tratos.

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