CC OO considera que el cierre patronal en respuesta a la huelga del día 20 será ilegal
El cierre de empresas con motivo de la huelga del próximo día 20 contra la reforma de las pensiones será ilegal y constitutivo de delito, según una circular lanzada por CC OO en la que se advierte que la convocatoria de movilizaciones realizada por este sindicato cumple todos los requisitos exigidos en la normativa vigente. LA circular viene a ser un manual práctico, resumido en unos pocos folios, para los responsables del sindicato. La patronal del metal, hace algo más de un año, distribuyó también entre sus organizaciones una guía sobre las acciones a tomar en caso de huelga.
La circular de CC OO parte de la consideración de que la huelga general convocada por este sindicato para el próximo día 20 de junio, contra el proyecto de reforma de pensiones, es legal y que así está reconocido por el Tribunal Constitucional en sentencia del 8 de abril de 1981. Y se advierte que se han cumplido los requisitos formales enviando el consiguiente preaviso, comité de huelga y objetivos de la misma a las organizaciones empresariales, al Gobierno y a los ministerios de Trabajo y de la Presidencia.CC OO defiende que el ejercicio de la huelga, no puede ser, por tanto, causa de sanción ni represalia alguna, y que si la empresa ejerciera acciones de este tipo sería "un acto radicalmente nulo". Al mismo tiempo, la circular señala que los posibles cierres patronales serían ilicitos, viéndose la empresa obligada a abonar los salarios y corriendo el riesgo de incurrir en un delito penal castigado con arresto mayor y multa de 30.000 a 300.000 pesetas.
El sindicato previene a sus delegados sobre el derecho a formar piquetes informativos y la obligación de mantener unos servicios mínimos en aquellas empresas que presten servicios esenciales a la comunidad. Estos servicios, según la circular, pueden ser pactados entre la empresa y el comité de huelga, y no han de constituir en ningún caso un ataque al libre ejercicio de huelga. El documento de CC OO es exhaustivo en este punto y especifica en qué empresas no hay necesidad de establecer plantillas de mínimos y en qué otras -las que tienen horno alto, por ejemplo- basta con dejar un grupo de trabajadores suficiente para garantizar que la instalación no sufrirá daños.
A juicio de este sindicato, la huelga puede desarrollarse con "la presencia física de los trabajadores en las fábricas, o mediante reunión y asambleas".
La citada circular de CC OO, primera que se produce en vísperas de una huelga, remite continuamente a sentencias del Tribunal Constitucional y adoctrina a sus delegados sobre los argumentos a utilizar en caso de que por parte de las empresas o la propia autoridad laboral adujeran la ilegalidad de las acciones del próximo día 20.
Prontuario patronal
Fuentes empresariales y de la propia Administración habían insinuado días pasados la posible ilegalidad de la huelga general del próximo día 20, al considerar que se basaba en motivos políticos. Sin embargo, el tema no ha sido planteado de forma abierta por ninguno de los sectores citados.Hace algo más de un año, la patronal Confemetal remitió a sus organizaciones un folleto titulado El empresario ante la huelga, prontuario legal y práctico, en el que explicaban las acciones a tomar en caso de conflicto laboral. El documento de la patronal, mucho más amplio que el de CC OO, llegaba a recomendar al empresario que tuviera siempre a mano los teléfonos del secretario general de la patronal, la autoridad laboral, la policía y los de "uno o varios periodistas y corresponsales de agencias de prensa".
Un largo capítulo se dedicaba a la explicación de la base legal de la huelga y otro recomendaba que, en caso de ocupación de la fábrica, antes de que ésta se produjera, se procediera a evacuar los productos listos para enviarse retirasen vehículos, imprentas, sellos, etcétera, y "si es posible, se sacara la maquinaria necesaria para seguir fabricando en el exterior".
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