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Las inversiones públicas extranjeras necesitarán permiso especial

La espera del dictamen pedido al Consejo de Estado ha demorado la publicación del decreto que liberalizará las inversiones extranjeras en España. El texto del proyecto, sin embargo, no sufrirá alteraciones sustanciales y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, probablemente esta misma semana. Una de las novedades sobre lo ya anticipado consiste en que los Gobiernos y empresas públicas extranjeras necesitarán autorización especial. Por tanto, sus inversiones, si bien gozarán de mayor libertad, no se beneficiarán de la agilización de trámites, que por regla general sólo durarán un mes. Las autorizaciones -por valor de 267.000 millones de pesetas el pasado año- tardaban hasta ahora tres meses.

La libertad para invertir en España forma parte del paquete de medidas económicas aprobado hace más de un mes por el Gobierno. El decreto-ley promulgado el pasado 9 de mayo introdujo las únicas modificaciones que requieren rango legal para los propósitos del Ejecutivo. Una de ellas era facilitar la compra de fincas rústicas por extranjeros. La segunda radicaba en permitir que los Gobiernos o empresas públicas extranjeras adquieran más del 50% en una sociedad española, hasta entonces prohibido si no había reciprocidad por parte española.

Una vez desaparecida dicha condición, el decreto, al que ha tenido acceso este periódico, permite todas las inversiones de los Gobiernos y empresas públicas extranjeras, siempre y cuando obtengan previamente una autorización especial. Esta cautela, según fuentes de Economía y Hacienda, ha sido concebida principalmente con miras hacia los países del Este.

Excepciones y normas generales

Así, la nueva norma contiene tres salvedades en la libertad que será concedida a las inversiones de todas las clases que se hagan con aportación dineraria exterior. Las otras dos se refieren a las siguientes situaciones:- Se mantiene la necesidad de autorización singular para los sectores cuyo control de propiedad ha sido objetivo de regulaciones legales específicas. La lista (véase EL PAÍS de 16 de mayo pasado) no aparece en el texto enviado a dictamen del Consejo de Estado, que se remite para ello a los citados en el texto refundido sobre inversiones extranjeras de 31 de octubre de 1974. Sin embargo, está en estudio la conveniencia de explicitarlos. En cualquier caso, los principales serán minería, defensa, radiotelevisión, banca, seguros y cinematografía.

- La Administración podrá denegar la autorización a los proyectos que afecten a los intereses nacionales por su cuantía, naturaleza o características financieras.

Fuera de estas excepciones, para las que continuarán vigentes las prácticas administrativas seguidas hasta ahora, los proyectos de inversión de cualquier tipo o procedencia únicamente deberán cubrir un trámite de verificación. Consistirá en ser comunicadados a la Dirección General de Transacciones Exteriores, del Ministerio de Economía y Hacienda, que en el plazo de 30 días hábiles, y según el artículo 71 de la ley de Procedimiento Administrativo, notificará al interesado su resolución. Si en este tiempo el interesado no recibe noticia alguna, su proyecto se dará por verificado y conforme.

Durante esos 30 días, cualquier notificación o intervención administrativa -presumiblemente para pedir algún dato- interrumpirá el plazo y dará lugar a otro nuevo a partir de ese momento. Al final del mismo tendrá vigencia también el silencio administrativo.

Agilidad administrativa

Según las fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda, el decreto sólo tendrá modificaciones no sustantivas, en su caso, una vez cubierto el trámite del Consejo de Estado, preceptivo, pero no vinculante. Su entrada en vigor, al día siguiente de aparecer en el Boletín Oficial del Estado, reducirá a la tercera parte la duración de los trámites necesarios hasta ahora para adquirir más del 50% de una sociedad española.En la actualidad, estos trámites se demoran entre dos y cuatro meses por término medio, aunque en algunas ocasiones llegaban a seis o siete meses y la Administración siempre tenía la posibilidad de no contestar, que en el futuro desaparecerá. El porcentaje de expedientes denegados ha sido en los últimos años ínfimo, pero todos los de alguna importancia debían pasar por el Consejo de Ministros. Antes de llegar a la actual redacción del texto, que equipara la libertad española a la existente en EE UU y otras grandes potencias de Occidente, el proyecto consistía en liberalizar sólo las inversiones procedentes de la CEE y eximir del paso por el Consejo de Ministros únicamente las inferiores a 500 millones.

Las inversiones extranjeras autorizadas el pasado año ascendieron a 267.000 millones de pesetas, con aumento del 68% respecto a 1983. Las salidas de divisas generadas durante 1984 por los rendimientos del capital exterior acumulado ascendieron a 495.924 millones de pesetas, más del triple que los ingresos por el mismo concepto, según el avance de la balanza de pagos facilitado por Economía. Tales pagos absorben la mitad de todos los ingresos españoles por turismo.

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