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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

La política de viviendas

He leído con mucho interés el artículo aparecido en EL PAIS del domingo 5 de mayo sobre el cambio en la política de la vivienda que el Gobierno está tratando de llevar a cabo. Según se indica en él, "los futuros inquilinos deberán abandonar las viviendas en el plazo previamente señalado entre las dos partes, si el propietario así lo requiere", pero "los que en estos momentos estén viviendo ya en régimen de alquiler no verán modificadas sus condiciones". ¿Cómo se contempla, entonces, el problema de los propietarios que ya están sufriendo la rigidez de la ley anterior? Estos son los que, por su situación insostenible, han hecho que se tenga que revisar la ley, por tanto, sería injusto que sean ellos los que sigan sufriendo bajo la misma. ¿Cuándo entrará en vigor la nueva?Me refiero ahora más concretamente al problema de los emigran tes españoles, propietarios de un solo piso, que en su día dejaron alquilado, y que se encuentran al término de su estancia en el extranjero. ¿Cómo recuperar su piso, para vivir en él, a su regreso a España? ¿Hay alguna cláusula que se ocupe de estos casos? Ese es mi problema particular y les agradecería me indiquen a quién debo dirigirme para que me oriente sobre los trámites a seguir para recuperar el piso que alquilé amueblado. Hasta ahora, y según me informaron en la Cámara de la Propiedad, era prácticamente imposible, pues para reclamarlo había que estar residiendo ya en España, viviendo en casa de un pariente o en un hotel.). Si tras la notificación el inquilino se marchaba antes de los seis meses, había que darle una indemnización equivalente a dos años de renta; si se iba después de seis meses, pero antes del año, la indemnización era de un año; si al cabo del año no se había ido, se iniciaban los trámites legales, que podían durar varios años, para echarlo. Demencial. ¿Sigue todo esto en vigor?-

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