El Supremo ordena repetir el juicio contra los cuatro responsables de la empresa inversora Renta Catalana
El juicio contra cuatro ex directivos de la sociedad inversora Renta Catalana, que se llevó a cabo el pasado mes de octubre, deberá celebrarse de nuevo, según se establece en un auto dictado por el Tribunal Supremo. En aquel juicio fueron absueltos del delito de apropiación indebida Ignasi y Antoni María Baquer Miró, Eduardo Guillén Ulloa y Félix María Millet Tusell; se condenó a un año de prisión a Ignasi Baquer, por un delito de falsedad documental, y a Félix Millet, a dos meses de arresto, por un delito de falsedad documental por imprudencia.
El auto del Tribunal Supremo ordena que la Sección Primera de la Audiencia de Barcelona, que fue la que juzgó a los cuatro responsables de Renta Catalana, debe realizar un nuevo juicio en el que se vea conjuntamente la causa juzgada con anterioridad, así como otros dos sumarios instruidos anteriormente en Gerona y Figueres sobre actuaciones irregulares de los responsables de la inversora Renta Catalana.Este conflicto se inició días antes de la celebración del juicio de Renta Catalana en Barcelona, cuando la Audiencia Provincial de Gerona aceptó la tesis de los afectados y dictó un auto por el que se acordaba que los dos sumarios que se habían instruido en Gerona y Figueres debían acumularse con la causa pendiente de juicio en Barcelona. La Sección Primera de lo Penal, a pesar de haber recibido horas antes de la vista toda la documentación relativa a aquellos dos casos, rechazó la disposición, iniciándose así un litigio procesal que ha sido resuelto por el Supremo ordenando la acumulación y la celebración de un nuevo juicio en el que se examinen las acusaciones recogidas en el triple sumario.
Los sumarios de Gerona y Figueres se abrieron a raíz de las denuncias presentadas por los inversores, quienes aseguraban que a través de las empresas Cohabitat y Laira -ligadas a Renta Catalana- se habían hecho transacciones irregulares en favor de Banca Catalana, con la que se habían concertado importantes préstamos. El sumario instruido contra Laira fue archivado por el Juzgado número 2 de Gerona por considerar que no existía ningún delito. En cuanto al sumario incoado contra Cohabitat, SA, un juzgado de Figueres acordó también su sobreseerlo.
El caso Renta Catalana se inició en 1979, cuando numerosos cuentapartícipes de la inversora dejaron de percibir los intereses del dinero que habían depositado. Renta Catalana era una sociedad que ofrecía altos intereses preferentemente a través de negocios inmobiliarios. La investigación judicial, promovida por los afectados, implicó en un primer momento a dos diputados de Convergencia i Unió, así como a Banca Catalana. El fiscal pidió para los acusados un total de 46 años de prisión y 1.000 millones de pesetas de indemnización.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.