El síndico afirma que el sistema de vigilancia de la bolsa ha funcionado en el 'caso Buxeres'
Jaime Ruiz Cabrero, síndico presidente de la Bolsa de Barcelona, manifestó ayer tarde que el sistema de vigilancia de esta institución había funcionado correctamente en el control de las operaciones bursátiles, pero que era imposible para el Colegio de Agentes conocer las operaciones extrabursátiles. Ruiz Cabrero declaró ayer, durante tres horas, como testigo, ante el juez instructor del caso Buxeres.
La intervención de la autoridad judicial en el asunto estuvo motivada por la interposición de una querella criminal por parte de la Caja de Ahorros Layetana, el pasado 28 de febrero, contra el agente de Cambio y Bolsa Alejo Buxeres, por el presunto delito de apropiación indebida. Según la caja, que reclamaba 3.500 millones de pesetas, la interposición de la querella estaba motivada también por "la incomprensible postura de la sindicatura de la Bolsa de Barcelona" al no facilitar información a los clientes del despacho que les permitiera valorar y conocer las pérdidas. El síndico de Bolsa replicó a estas afirmaciones asegurando que en todo momento se había' facilitado la información disponible.La Caja Layetana decidió el pasado 6 de marzo retirar la querella tras encontrar una fórmula de arreglo con el Colegio de Agentes por el que se acordaba la liquidación del despacho de Buxeres, dando prioridad de cobro a los clientes particulares y dejando en último término a esta entidad y a la Caja de Ahorros de Sabadell, que también resultó perjudicada. Las cajas Layetana y Sabadell destinaron a insolvencias de 1.080 y 1.283 millones de pesetas, respectivamente, por el quebranto de sus negocios con Buxeres.
Este acuerdo no impidió detener las investigaciones ya iniciadas por el Juzgado de Instrucción número 17, en el que había recaído el caso, para determinar si realmente se había cometido un delito de apropiación indebida.
Para averiguar la posible existencia del delito de apropiación indebida, el juez intenta esclarecer previamante la naturaleza jurídica de las operaciones que se celebraban en el despacho de Buxeres. Sobre todo, las que no se efectuaban en el corro, sino las llamadas de aplicación que se celebraban en el despacho y en las que el agente o su apoderado representaban al mismo tiempo al comprador y al vendedor. Sobre algunas de estas últimas operaciones pesa la sospecha de que se trataba de las llamadas dobles (venta de títulos con el compromiso de recompra a superior precio, en breve plazo), prohibidas por la reglamentación bursátil, desde 1940, por su carácter especulativo. Los espertos bursátiles coinciden en señalar que es muy dificil probar la realización de operaciones dobles, ya que ello implica demostrar la. existencia de un pacto previo, lo cual es prácticamente imposible.
Según fuentes solventes, el avance de las investigaciones conduce a un sorprendente dilema: o se cometió un delito de apropiación indebida o se celebraban operaciones dobles, lo cual supone una irregularidad administrativa. La intervención del despacho ha descubierto muchas anotaciones que hacen presumir la existencia de este tipo de operaciones.
En su acusación, la Caja Layetana denunciaba el abuso de confianza de Buxeres al que acusaba de apropiarse de las provisiones de fondos para comprar lo que no debía o por vender títulos de la entidad de ahorro sin su notificación. Según fuentes jurídicas, para desmontar la acusación y probar la inocencia de los implicados habría que admitir que las operaciones se celebraban con el acuerdo de la caja, lo que implicaría la existencia de operaciones dobles.
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