Nuevos parados, inversores forzados
La indemnización del paro puede destinarse a realizar una inversión rentable
Los responsables de algunas sociedades de inversión se han visto sorprendidos por la inesperada llegada de trabajadores en paro que solicitan los servicios profesionales de estos expertos en inversión. No hay ningún juego inconfesable, bien al contrario. Resulta que estos trabajadores, que han sido despedidos recientemente de sus empleos, han recibido una indemnización que, mientras les dure el subsidio de paro, desean colocar para obtener la mayor rentabilidad posible.Las indemnizaciones recibidas giran en torno al millón de pesetas, y la necesidad de amortización, en torno a un año o, como máximo, a los 18 meses del subsidio de desempleo. Como estos trabajadores desconocen generalmente el funcionamiento de los mercados financieros, puede ser interesante analizar qué posibilidades concretas les ofrece el mercado financiero en estos momentos.
Las indemnizaciones recibidas por despido no tributan a Hacienda, ya que, a pesar de haber intentado que pagasen el impuesto sobre el rendimiento del trabajo personal, los tribunales han decidido que, lógicamente, es al menos chocante que alguien que se encuentra sin empleo tribute por sus rendimientos del trabajo. Esta situación, sin embargo, puede terminar en un plazo más o menos breve.
La Administración piensa introducir, además, una fórmula novedosa: los parados acogidos al desempleo podrán recibir todo el dinero del subsidio de una sola vez, siempre y cuando éste sea destinado a invertir en la puesta en marcha por el propio parado de un negocio de tipo familiar.
Los expertos consideran que a este perfil de inversor forzado, y sin grandes posibilidades económicas, le interesa, en primer lugar, una amortización que no supere el año, el mayor grado de seguridad y un alto nivel de liquidez.
Los pagarés del Tesoro, según este criterio, son los activos financieros que resultan más aconsejables. Las razones son, primero, que a un ahorrador no habituado a los mercados financieros le produce bastante tranquilidad contar con la garantía del Tesoro; en segundo lugar, por la alta liquidez de estos títulos en el mercado secundario, ya que una persona con una economía recortada, como un desempleado, puede necesitar el dinero en efectivo inesperadamente.
El lado menos atractivo
Sin embargo, los tipos de interés de estos pagarés, y aquí reside su ángulo desfavorable, están sufriendo importantes descensos y en la actualidad el Tesoro ofrece en torno al 11,9% en los títulos emitidos a un año y cerca del 12,4% para los emitidos a año y medio. Para calcular el interés de estos pagarés hay que tener en cuenta que el inversor recibe su retribución por adelantado, ya que debe efectuar la compra al descuento.
En el caso de adquirir un pagaré de un millón de pesetas que tiene un descuento del 12%, el inversor deberá abonar solamente 880.000 pesetas, cantidad sobre la que es necesario calcular el interés; sin olvidar que no tienen retención del 18% en origen, como el resto de los activos financieros, lo que permite que estos títulos disfruten de una rentabilidad en torno al 12,5% anual. Los pagarés no desgravan.
Para los inversores no iniciados conviene aclarar que los especialistas hablan de tres maneras de comprar pagarés. Se pueden adquirir mediante anotaciones en cuenta, cuando la operación se efectúa por el servicio telefónico del Banco de España o a través de cualquier entidad delegada del Tesoro; en este caso, el pagaré queda en poder, del banco emisor, mientras que el comprador recibe un resguardo de compra; así se evita el extravío, aunque se abre la posibilidad de un futuro control fiscal. Se habla de títulos fungibles (o referencias técnicas) cuando se trata de pagarés que se adquieren en la bolsa; en este caso, el inversor tampoco recibe el pagaré, sino un resguardo nominal que sólo puede negociarse en las propias bolsas. Finalmente, se habla de títulos físicos cuando se designa al pagaré propiamente dicho, que queda en manos del ahorrador, bien endosado o en blanco. Sin control fiscal posible, el título puede ser utilizado como dinero efectivo ante las entidades crediticias, pero se corre el peligro de robo o extravío y, en el supuesto inversor comentado, sería la modalidad de compra menos recomendable.
La oferta empresarial
Los pagarés de empresa no pueden ofrecer una garantía tan sólida como la del Tesoro, aunque los emisores que han utilizado este medio para captar dinero son sociedades de primera fila -algunas incluso dentro de la órbita del Estado-, por lo que la seguridad suele ser muy elevada. De todas formas, a menor seguridad, mayor retribución. Los pagarés de empresa, emitidos a un año, oscilan entre unos tipos de interés del 12,5% al 13,5%, es decir, entre 0,75 y 1,5 puntos por encima de los pagarés del Tesoro. En estos casos ya hay que contar -como con los demás activos, por el momento con una retención del 18%. Estos activos tampoco gozan de desgravación fiscal y sufren un relativa mente bajo nivel de liquidez.
Una tercera posibilidad reside en la compra de bonos eléctricos en el mercado secundario -en es tos momentos no hay emisiones en período de suscripción- que ofrecen un interés bruto entre el 13,5% y el 14,25%. Los emisores, las compañías eléctricas, son de alta seguridad, y estos títulos gozan de una extraordinaria liquidez. La posibilidad de venta disminuye en las obligaciones eléctricas, que gozan de las mismas ventajas fiscales, por lo que los especialistas no son demasiado partidarios de su compra con una necesidad de amortizar casi contra reloj.
El mayor atractivo de bonos y obligaciones eléctricas es que sólo se retiene en la fuente un 1,20%, aunque a la hora de presentar la declaración fiscal se descuenta como si la retención hubiera sido del 24%. Ese mecanismo fiscal eleva la rentabilidad de los bonos al 17%, mientras que las obligaciones se sitúan en niveles muy similares, pero la alta cotización actual de los bonos en bolsa, por encima del valor del cupón corrido -el pago semestral que realiza el emisor- rebaja su rendimiento real al 15%.
Al mercado secundario
Las emisiones de renta fija en el mercado secundario constituyen un cuarto y variado paquete de alternativas inversoras. En esta jungla de emisiones, ya que aquí se incluyen deuda del Estado, obligaciones industriales, emisiones del Banco Hipotecario, del Instituto de Crédito Oficial, etcétera, no es difícil hallar rentabilidades entre el 13,5% y el 14%. En líneas generales, gozan de un alto grado de liquidez, especialmente en deuda e ICO, y de la máxima seguridad del Estado u organismos oficiales.
Los bonos bancarios también ofrecen ventajas a este tipo de inversores. Su mayor atractivo reside en la posibilidad de canje o conversión por acciones del banco emisor, pero sólo en el caso de que las acciones sean viejas, para poder venderlas inmediatamente en bolsa (si son nuevas, habría que esperar a que fueran emitidas y admitidas a cotización). El tipo de interés ofrecido oscila entre el 10% y el 12,25 %,y los pagos, trimestrales o semestrales, sufren la retención del 18%.; el resultado es una rentabilidad neta en torno al 10,5%. El mercado de emisión también ofrece la posibilidad de desgravar el 15% en la declaración de la renta, pero para ello habría que mantener la inversión durante tres años.
Las cédulas hipotecarias presentan un interés del 11 % al 12,5%, y, a través del Fondo de Regulación del Mercado Hipotecario, gozan de alto grado de liquidez. La rentabilidad, sin embargo, empieza en estos casos a acercarse a la de un tradicional depósito a plazo, ya que algunas entidades bancarias pueden llegar a ofrecer en torno al 10% por un millón de pesetas a un año. En todo caso, esta última alternativa es la más fácil y la menos rentable.
Los `expertos desaconsejan, finalmente, que este inversor acceda al mercado de renta variable, es decir, la bolsa, por el alto grado de riesgo que implica y el necesario conocimiento de los mecanismos que lo rigen. Sólo los más ricos pueden permitirse el lujo de poner en riesgo la inversión.
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