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Los concejales no podrán ser directivos de las cajas de ahorro, según el Supremo

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha dictado sentencia en la que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Alianza Popular contra el Real Decreto 1.169/1983, de 4 de mayo, por el que se dictaron normas para la constitución de las corporaciones locales. Según Alianza Popular, la sentencia significa que los concejales no podrán ser directivos de las cajas de ahorro.

En la disposición adicional del mencionado real decreto se establecía que no existiría incompatibilidad de los miembros de la corporación para formar parte de los órganos de dirección de las cajas de ahorro, siempre que el nombramiento lo fuera precisamente por su condición de miembros de la corporación y el cargo no estuviese retribuido.

Alianza Popular entendió que el mencionado real decreto vulneraba lo establecido en el artículo 9 de la ley de Elecciones Locales. En su opinión, esta resolución debe modificar los planteamientos socialistas recogidos en el proyecto de ley de Bases de Régimen Local, actualmente en tramitación parlamentaria.

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