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SANIDAD

Las estadísticas españolas sobre asistencia hospitalaria se basan en datos muy poco fiables, según los especialistas

Milagros Pérez Oliva

Los datos que sirven hoy de base para confeccionar las estadísticas nacionales sobre morbilidad hospitalaria y sobre epidemiología no son fiables por la ausencia de una normativa que regule adecuadamente los ingresos y altas en los centros hospitalarios, según concluye un informe elaborado por nueve especialistas catalanes en temas de sanidad.

La legislación española sobre esta materia es totalmente obsoleta en relación a la que rige en los países desarrollados y ni siquiera se aplica con carácter general. Esta carencia se traduce en que no existen datos reales sobre la repercusión de las enfermedades y la eficacia del tratamiento que se aplica.Los datos que sirven de base para confeccionar las estadísticas oficiales sobre morbilidad hospitalaria son tomados de un libro de ingresos y altas que un decreto del de 1976 impuso como obligatorio para todos los hospitales de España. En este libro de ingresos debe constar el número de ingreso y de salida del paciente, el número de su historia clínica, la fecha y la hora del ingreso y del alta, los datos personales del paciente, el motivo del ingreso y del alta y el diagnóstico, tanto de ingreso como de salida.

En la práctica, este libro está únicamente manejado por personal administrativo de los hospitales y el diagnóstico que se registra es normalmente el que figura en el volante de ingreso, que muchas veces no se confirma posteriormente, o los síntomas que dice tener el paciente si llega sin volante. Por otra parte, en muchas enfermedades, como por ejemplo las cancerosas, el ingreso puede producirse por sintomatología propia de otras dolencias, por lo que el dato registrado resulta falso. Además, el porcentaje de enfermos que acuden directamente a los servicios de urgencia del hospital sin tener previamente un diagnóstico es muy elevado.

Una ley que no se aplica

En 1978, el Ministerio de Sanidad estableció un sistema obligatorio de control asistencial para los centros hospitalarios públicos y concertados, que debían comunicar a los organismos oficiales 71 indicadores previamente establecidos con el fin de poder evaluar el rendimiento cuantitativo y cualitativo de los centros asistenciales y su rentabilidad económica. Según los autores del informe -Carlos A. González, Josep Maria Teniente, Xavier Balanzó, Joan Costa, Josep Armengol, Josep Comas, J. Jesús Moll, Xavier Freixes y Carles Macias- "al no existir una base de datos que permita un cálculo ágil y fiable de los indicadores, ni probablemente la voluntad de desarrollarla, lo cierto es que el decreto no se ha aplicado hasta ahora y el Ministerio de Sanidad no ha hecho ningún esfuerzo para obligar a los hospitales a cumplir la normativa."

Por esta razón, ni el Insalud ni los organismo equivalentes de las comunidades autónomas disponen en estos momentos de información concreta y fiable sobre la rentabilidad de los recursos económicos que destinan a los hospitales. Las autoridades sanitarias no poseen tampoco ningún control sobre la efectividad de los conciertos que establecen con hospitales ajenos a la Seguridad Social, lo cual es grave, según los autores, pues estos conciertos se pagan en función de las estancias hospitalarias. Las autoridades sanitarias no saben qué patologías concretas atienden estos hospitales y si las estancias de los enfermos son las adecuadas para esas patologías o son más prolongadas.

El informe analiza algunos de los modelos de registro hospitalario vigentes en otros países y muy especialmente el modelo Minimum Basic Date Set que rige en los países de la CEE, al que España deberá adaptarse en cuanto ingrese en ella.

Mediante estos modelos y de acuerdo con la organización concreta de los centros sanitarios españoles, los autores del informe han elaborado una propuesta que ya ha sido puesta a prueba como experiencia piloto en los hospitales Sant Jaume y Santa Magdalena de Mataró, el Sant Llàtzer de Terrassa y el Sant Camil, de Sant Pere de Ribes.

En consecuencia, tampoco existe un medio adecuado de planificación y control de los ingentes recursos sanitarios que se destinan a la sanidad. El ingreso de España en la Comunidad Económica Europea obligará a las autoridades sanitarias a establecer una normativa adaptada a la que en estos momentos rige en los países que la integran.

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