Un arbitraje del Colegio de Abogados
Ante una minuta de honorarios profesionales que consideraba excesiva y desproporcionada, formalicé un escrito de queja al Colegio de Abogados. Después de obligar -aunque con la apariencia de voluntariedad- a aceptar la decisión arbitral de la Junta de Gobierno (pues en caso contrario no se le otorgaba la venia a mi nuevo abogado) para regular la impugnada minuta de más de un millón de pesetas, de cuyo importe había pagado aproximadamente la mitad, se me exigió en el mismo acto un depósito del 50% de la cantidad restante, lo que supone 350.000 pesetas.Contraviniendo las normas estatutarias, la resolución ha sido dictada sin escuchar ni llamar a la suscrita impugnante, y sí únicamente al abogado cuya minuta fue impugnada, y que han ratificado. A consecuencia de ello, me he visto obligada a depositar en el Colegio la cantidad reclamada por el abogado más el 50% de las costas del arbitraje, pues en caso contrario a mi nuevo abogado se le retiraba la venia.
Esta actuación del Colegio considero que me deja en indefensión. ¿No será expresión del corporativismo del que tanto se quejan -con razón- los señores abogados? ¿Quién vigila al vigílante? ¿Dónde está la Constitución? ¿Se puede condenar a alguin sin oírle?-
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